Corren malos tiempos también para los artistas plásticos. Valga el dicho de «si no hay para pan no se compran estampitas». Pero sí hay algo que, además de ser gratuito, es obligado: el respeto. Un respeto que en nuestro caso se ningunea continuadamente por parte de los que fotografían nuestras obras y las suben a las redes sociales, medios de comunicación, películas, etcétera. Y lo hacen por una razón que suele estar amparada casi siempre en su conveniencia.
Viendo en una plataforma digital una reciente serie rodada en A Coruña, identifico unas pinturas de Yolanda Dorda y una enorme foto del fotógrafo Xoán Piñón, ambos reconocidos artistas. No me sorprendió que en los créditos sus nombres no figurasen, pero me indignó.
El domingo 1 de mayo, en el suplemento de un diario nacional de gran tirada, aparecía una gran foto, ocupando parte de ambas páginas centrales, del conjunto escultórico Familia de Menhires, del artista gallego Manolo Paz. Se ilustraba así un artículo versado precisamente sobre el arte al aire libre.
Acostumbrada en demasía a estas situaciones, tampoco me extrañó que su nombre como autor no figurase, pero en este caso me enfadó si cabe aún mucho más porque en el mismo texto se nombra reiteradamente a muchos artistas mundialmente conocidos sin que sus obras apareciesen fotografiadas.
En los reportajes sobre arquitectura, decoración o interiores, cuando aparecen imágenes de cuadros, esculturas o fotos, raramente se menciona a sus autores, salvo que sean archiconocidos. Pero no todos somos Chillida, Picasso, Dalí, que a diferencia de los demás no necesitan precisamente que se les mencione aunque tengan derecho a ello. A todos los artistas nos asiste el derecho a nuestra autoría cuando se utilizan a conveniencia unilateral las fotos de nuestro trabajo. De nada nos sirven unas imágenes (muchas veces extraordinarias) de nuestras obras sin mencionarnos como autores de las mismas. Estas omisiones son tan frecuentes e ilegales como arbitrarias, pues el autor o autores de los reportajes realizan las citas -o no- basándose simplemente en su criterio.
La Ley de la Propiedad Intelectual (artículo 14.3) establece que corresponden al autor el derecho moral irrenunciable e inalienable a «exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra». Este derecho es vitalicio y hasta pasados 70 años de su fallecimiento. Por tanto, cada vez que dichas obras se muestren a través de cualquier soporte ha de mencionarse al autor de las mismas, incluyendo las ubicadas en la vía pública, aunque estas sí puedan ser fotografiadas libremente.
Como la mayoría de los artistas visuales no tenemos la suerte de abrir o cerrar telediarios, como Messi cuando tiene gripe o Alonso cuando pincha una rueda, deberían de respetarse nuestros derechos de autor, que es de lo único que podemos beneficiarnos, especialmente en estos difíciles momentos para las artes visuales. Todo desconocimiento de una ley no exonera de su cumplimiento, y quizás ese desconocimiento lleva aparejada esa falta de respeto.