
Volvemos a sorprendernos con el contenido del nuevo Informe jurídico del Consejo General del Poder Judicial, que sustituye al planteado previamente por uno de los vocales _exdiputado del PSOE_, y que rechaza el anteproyecto de Ley de Vivienda presentado por el Gobierno y pactado por el Partido Socialista y Unidas Podemos.
El nuevo Informe, como en mi opinión no podía ser de otra forma, recuerda que la vivienda constituye una materia de titularidad autonómica, por lo que el centro de su regulación y las políticas públicas encaminadas al cumplimiento del derecho del artículo 47 de la Constitución española corresponde a cada una de las comunidades autónomas. Es más, como dice literalmente el Informe, competencias autonómicas «que ejercerán conforme a la orientación política mayoritaria existente en ellas».
El Estado mantiene algunas competencias genéricas y transversales que incluyen la vivienda, como la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles y la fijación de las bases y coordinación de la planificación de la actividad económica; pero ello no puede significar que desde el Gobierno se pretenda regular por completo esa materia o duplicar normas vaciando de contenido las competencias de las comunidades autónomas.
Es decir, desde el Estado se pueden fijar bases generales cuando se justifica por la inexistencia de otras normas autonómicas en la materia o cuando coexisten regulaciones distintas que puedan vulnerar el principio de igualdad, pero precisamente para ello se requiere una concreción y justificación concretas que no incluye el anteproyecto y que podría suponer la inconstitucionalidad de la nueva normativa que se pretende aprobar.
Cuestiones que se detallan en el anteproyecto como las reservas de suelo para vivienda destinada a régimen de protección pública de alquiler o la denominada vivienda asequible incentivada, parecen una evidente limitación de las facultades de organización y gestión de las comunidades autónomas atribuida por nuestro texto constitucional, lo que además podría provocar una situación de inseguridad jurídica para los ciudadanos y la propia administración, al decidir la aplicación al caso concreto la norma estatal o la autonómica cuando no coincidan totalmente en su regulación.
Cuestiones como la limitación de los precios del alquiler también alberga serias dudas sobre su constitucionalidad al invadir competencias autonómicas, que algunas comunidades ya habían materializado en legislación específica al respecto como en el reciente caso de Cataluña.
En definitiva, y aun cuando la opinión del CGPJ no es vinculante para el Gobierno, sería precisa una profunda revisión del texto de un anteproyecto que incluye invasiones competenciales poco admisibles, que puede complicar la aplicación de la ya enrevesada legislación en materia de vivienda, y que debe conciliar los intereses mutuos de Estado y comunidades autónomas para garantizar a todos los ciudadanos el acceso a una vivienda digna y adecuada, como establece nuestra Constitución.