Hacienda: a las duras? ¡y a las maduras!

Javier Gómez Taboada AL HILO

OPINIÓN

María Pedreda

19 abr 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Que la relación entre la ciudadanía y el poder Ejecutivo (no otra cosa es la Administración) dista de ser equilibrada, de igual a igual, es una obviedad… Y es así cómo la Administración nos trata de «tú», mientras que nosotros no nos apeamos del «usted».

Pero una cosa es eso y otra, ¡muy distinta!, que desde 1789 el mundo no haya cambiado, y es que hace ya tiempo que perdimos nuestra condición de súbditos, de vasallos, para adquirir la más digna de ciudadanos que, además, se honra aún más —si cabe— por ser los paganinis del cotarro, los que —entre todos— mantenemos la estructura pública cuya única razón de ser es servirnos a nosotros mismos.

Así las cosas, todo es susceptible de empeorar, pero también de mejorar. Y es ahí donde entra en juego un reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo (TS) que embrida a la Agencia Tributaria (AEAT), obligándola a que en las comprobaciones que realiza a los contribuyentes aplique el principio conocido como de «regularización íntegra», que el propio TS conceptúa como que aquella ha de llevar a cabo todas las correcciones y ajustes necesarios para rectificar o establecer la situación tributaria de manera global, tanto si beneficia a la Administración como si le perjudica. Y es que cabe recordar —por muy básico que sea— que la tarea de la AEAT no es, sí o sí, recaudar, sino velar por que el sistema tributario se aplique conforme a derecho.

El caso paradigmático (escenario típico en el IRPF, IVA y/o Sociedades) que generó esa sentencia fue el de un contribuyente que pagó un tributo en un período posterior al que legalmente habría correspondido, siendo así que la AEAT le obligaba a abonarlo en el correcto sin que, simultáneamente y de oficio, le devolviera lo ya ingresado. Y es ahí donde el TS pone pie en pared: «La AEAT es una organización servicial de los intereses generales que no es la dueña del procedimiento ni de los tributos, sino un mero servidor instrumental de uno y otros, incluso debiendo actuar de oficio para ello; estricto deber legal que no es frecuente observar».

O sea, que ese mantra que se escucha en algunos despachos de Inspección («la devolución de lo que ya pagaste la pides en Gestión») se va a acabar, pues el TS ha sentenciado que «no parece un esfuerzo sobrehumano la mera comprobación de la realidad de ese doble pago y la posibilidad de regularización íntegra». Amén. #ciudadaNOsúbdito