
El pasado 28 de marzo, el Consejo de Ministros aprobó en segunda lectura el anteproyecto de Ley de Familias, que distingue varios modelos de convivencia. Unas veces los describe y otras les da un nombre, algunos con adjetivos formados con parental. Esta palabra procede del latín parentalis. Los diccionarios la definen como ‘perteneciente o relativo a los padres o a los parientes’ o como ‘de los padres o de los parientes’. Hoy, frecuente en expresiones como control parental o permiso parental, alude casi siempre a los padres.
Dos de las voces formadas con parental que aparecen en el proyecto de Ley de Familias son monoparental y homoparental. Ambas cuentan con el nihil obstat de la Academia, que las alberga en su diccionario. La primera, aplicada a familia, dice de esta que la integran solo el padre o la madre y los hijos. La segunda, con el elemento compositivo homo- ‘homosexual’, señala que la familia está formada por dos personas del mismo sexo, que son los progenitores, y los hijos.
Por analogía con esos adjetivos se crearon monomarental y homomarental, con el objetivo de precisar, en el primer caso, que la madre es el único progenitor que, con los hijos, forma la familia. En el segundo, que los dos progenitores del mismo sexo son mujeres, las progenitoras. Hasta ahí, cubren un hueco semántico. El problema es que, como se ha dicho, parental no hace referencia al padre, sino a los dos progenitores. Pero si para la madre se emplea marental, ¿a qué hace referencia parental? ¿Solo al padre o, manteniendo su sentido etimológico, a ambos progenitores?
Claro que el fin de marental puede no ser meramente especificativo. Según personas que propugnan su uso, el objetivo de este término es fundamentalmente reivindicativo, para visibilizar al millón y medio de familias formadas por una mujer y sus hijos que, dicen, hay en España. «Resistirse a usar una expresión como monomarental por motivos únicamente lingüísticos —escribe una combativa defensora del término— es querer mantener a salvo la cultura patriarcal».
En el texto de la Ley de Familias con el que trabaja el Congreso no aparecen ni monomarental ni homomarental, aunque el primero se usa varias veces en la memoria que acompaña al anteproyecto de ley para hacer el desdoblamiento de género, tan del gusto del Ministerio de Derechos Sociales, del que procede la norma.