Información veraz, redes y bulos
OPINIÓN
Las redes sociales han alcanzado tal extensión y audiencia que se han convertido en un instrumento en el que la información se intercambia y difunde con más eficacia que muchos medios de comunicación. Sobre todo acuden a ellas las generaciones más jóvenes, que las usan para conocer, entender y formarse opinión, de modo que su relevancia es incuestionable. Son muy útiles y, al tiempo, un altavoz eficaz de difusión de noticias falsas, mentiras y lo que vulgarmente denominamos bulos.
Inicialmente la responsabilidad de las empresas que gestionan estas redes había moderado la difusión de noticias infundadas, insultantes o que fomentaban la discriminación o la violencia. Luego la búsqueda del máximo beneficio empresarial ha propiciado disminuir esos controles, que está demostrado son factibles, permitiendo que proliferen usuarios que mienten, insultan y generan odio y pulsiones xenófobas. Habría que reclamar, para evitarlo, más responsabilidad a las corporaciones que las gestionan y, en beneficio de toda la sociedad, que se promovieran redes sociales públicas, que faciliten un uso responsable de la comunicación que habilitan. No es tan complicado, pues igual que hay webs públicas para comunicarse con la Administración, la policía o los tribunales, sería factible organizar redes nacionales o internacionales auspiciadas por la ONU, la Unión Europea o los distintos Estados.
Pero mientras alguien se ponga a ello, se acaba de anunciar una medida promovida por el Gobierno, que intenta atajar los bulos mediante la reforma de la Ley Orgánica 2/1984, reguladora del derecho de rectificación. La previsión estrella consiste en equiparar a los autores de cuentas sociales de gran audiencia (más de 100.00 seguidores), con los medios de comunicación, al objeto de permitir la rectificación de noticias falsas. Al igual que cualquier particular puede dirigirse a una radio, televisión o periódico real o digital, pidiendo que se rectifique una información inexacta o falsa, ahora se facilitará otro tanto frente a quienes difunden bulos o noticias falsas a través de sus cuentas en distintas redes sociales. Se podrá acudir a los tribunales para reclamarlo, a través de un procedimiento ágil que permita una pronta sentencia que condene, si fuera lo procedente, a rectificar la información controvertida.
La medida puede ser útil para aclarar que ciertas afirmaciones hechas en cuentas de gran difusión no son ciertas, pero quizá lo sea menos para atajar el problema de la desinformación o la utilización abusiva de estos canales de gran difusión. La libertad de expresión debe garantizarse, por lo que actualmente la norma no contempla sanciones civiles o penales que puedan coartarla. No obstante habrá que ser prudentes y cautos en su aplicación, puesto que el derecho fundamental a la libertad de expresión no debe verse comprometido. No cabe esperar una respuesta judicial que responda a la inmediatez que caracteriza a la difusión de mensajes en redes sociales, pero al menos habrá un remedio para que los seguidores tengan constancia de que una afirmación que se realizó no es cierta. Un consuelo pequeño, pero imprescindible.