Novedades fiscales para el nuevo año

José R. Cuervo Díaz del Río SOCIO RESPONSABLE DEL ÁREA FISCAL KPMG ABOGADOS EN GALICIA 

OPINIÓN

MABEL R. G.

29 dic 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Uno de los mayores desafíos de los grandes grupos internacionales en próximos ejercicios será acelerar la implementación de las nuevas medidas internacionales de tributación mínima en el impuesto sobre sociedades, conocida como Pilar 2, que aplicará a los grupos con presencia internacional y cuya cifra de negocios sea de al menos 750 millones de euros. Esta nueva medida, pergeñada a nivel de la OCDE y aprobada por más de 140 países, supondrá un gran coste de gestión para entender la normativa, obtener los datos requeridos, preparar los sistemas informáticos y presentar la información que requiera cada país en el que inviertan los grupos. La complejidad del Pilar 2 radica no solo en el cumplimiento de los mínimos globales de tributación, sino también en la adaptación a una normativa que será distinta en cada jurisdicción, con requerimientos específicos y plazos ajustados.

Otras novedades del impuesto sobre sociedades aprobadas ya para el 2024 son la reintroducción en la norma de mecanismos que aumentan la base imponible efectiva de las empresas, ya sea por limitaciones al aprovechamiento de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores o a la aplicación de deducciones que eliminan la doble imposición y que habían sido eliminadas con anterioridad por la sentencia del Tribunal Constitucional de enero del 2024. Se aprobarán medidas que pueden generar ahorros fiscales, como son la modificación de la reserva de capitalización, los donativos a entidades sin fines lucrativos y una reducción escalonada de los tipos de gravamen para entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1 millón de euros y para empresas de reducida dimensión.

En relación con otras medidas fiscales, en el IRPF del 2025 se incrementará el tipo marginal máximo de las rentas del ahorro hasta el 30 % y deberán tenerse en cuenta nuevas obligaciones que buscan controlar el impacto medioambiental, como son el impuesto especial sobre envases de plástico, ajustes en frontera por emisiones de carbono o el nuevo reglamento sobre la deforestación.

A esta compleja realidad fiscal se suman nuevas resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) emitidas en el 2024, especialmente en lo relativo al régimen de neutralidad fiscal en operaciones de reorganización empresarial que se encuentren sustentadas en motivos económicos y no se realicen para obtener una mera ventaja fiscal. Estas recientes resoluciones han establecido un criterio, cuando menos discutible, al entender que la ventaja fiscal obtenida puede alcanzar al diferimiento de la ganancia en sede de los socios al realizar la operación, criterio que había sido previamente salvado por la Dirección General de Tributos.

En base a esta reciente línea argumental del TEAC, las empresas deberán motivar exhaustivamente las operaciones a realizar para evitar posibles contingencias fiscales en el futuro. El conocimiento detallado de este régimen fiscal será clave para anticiparse a posibles conflictos y asegurar una correcta planificación en un entorno jurídico que se vuelve cada vez más inseguro y complejo y en el que se espera que la Agencia Tributaria refuerce las inspecciones en esta materia, poniendo especial atención en operaciones intragrupo que puedan considerarse carentes de sustancia económica real.