La Justicia admite un recurso contra la rotonda de Santa Cruz que descartó la Xunta

La Voz

OURENSE

20 jun 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

La Justicia y las cosas de la política siempre casan mal, y en ocasiones la lentitud que provoca la acumulación de expedientes en los juzgados deviene en situaciones algo kafkianas. Para muestra un botón: la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha acordado que «debemos estimar y estimamos el recursos contencioso-administrativo» contra la resolución de 30 de noviembre del año 2004 «de la Dirección Xeral de Obras Públicas por la que se aprueba el expediente de información pública y definitiva del proyecto de trazado y estudio de impacto medio ambiental del enlace de la autopista Santiago-Ourense».

En consecuencia, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acordó anular «los mencionados acuerdos de 30 de noviembre de 2004 y 29 de diciembre de 2004 los cuales son contrarios a Derecho».

El recurso que ahora ha resuelto el TSXG tiene como origen del conflicto suscitado en el pueblo ourensano de Santa Cruz de Arrabaldo en relación al trazado de la AP-53, la autovía Santiago-Ourense, y el enlace de ésta en el término municipal ourensano.

En un primer momento se barajó un enlace de la AP-53 con la N-120 en Santa Cruz de Arrabaldo mediante una rotonda que uniría los dos viales. A través de la N-120 se canalizaría de esta manera el acceso a la ciudad de los vehículos que llegasen de Compostela.

Una parte de los vecinos se opuso a esta rotonda -el recurso está promovido por doce propietarios- y tras el cambio de Gobierno en la Xunta de Galicia la Consellería de Política Territorial descartó construir la rotonda en Santa Cruz y se decantó por canalizar el acceso a Ourense desde la autovía de Santiago a través de la A-52, la autovía de las Rías Baixas.