Eva Martínez Gallego, jueza: «No hay conciencia de que el concurso no siempre implica el cierre»

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE

25 ene 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Por la mesa de trabajo de la magistrada Eva María Martínez Gallego, titular del juzgado de Primera Instancia 4 de Ourense, pasan todos los procedimientos concursales abiertos en la provincia que afectan a empresas. La togada reconoce que estos asuntos apenas si registraron variaciones entre los años 2015 y 2016 y constata que, en muchos casos, la situación financiera en la que se encuentran los afectados cuando acuden al juzgado es tan grave que apenas si hay otra solución que el cese de actividad.

-¿Por qué ocurre esto?

-Porque las empresas acuden tarde, ya casi cuando están en fase de liquidación. No hay conciencia de que el concurso no implica siempre bajar la persiana, sino que bien utilizado desde el momento en el que una empresa tiene una situación de insolvencia, puede suponer otro desenlace, ya que los afectados van a tener la ayuda de un administrador concursal y van a poder aclarar las deudas. Se va a determinar cual es su activo y su pasivo y podemos intentar una propuesta de un convenio, negociando una quita y una espera. Cabe incluso la posibilidad de vender la compañía con actividad, que no es lo mismo que enajenar algo que no esta funcionando, implicando además que los trabajadores no van a ver su contrato extinguido por un ERE concursal.

-¿Qué porcentaje de empresas logra superar el concurso y mantener la actividad?

-La realidad es que solo el 20 o 25 % de las que entran consiguen salir de esa situación. De hecho, este año ya hemos tenido alguna empresa que ya ha pedido directamente la extinción y la liquidación de los trabajadores. Esto ocurre porque no se conoce bien qué es el concurso, que no solo sirve para liquidar.

-¿Cómo se puede cambia eso?

-Cuando un asesor fiscal ve que las cuentas no cuadran, y hay insolvencia, tiene que advertir de la situación y si es necesario acudir al juzgado. El problema de los que vienen tarde es que puede terminar siendo un concurso culpable, porque el administrador societario ha actuado de forma negligente o incumplido la obligación legal de pedir el concurso de acreedores cuando debía. Si eso ocurre va a derivar sobre él todo lo que no se pague durante el proceso, y eso va a afectar a su patrimonio personal, porque los acreedores no olvidan.

-¿Cuál es la deuda media que suelen acumular las empresas que piden auxilio judicial?

-La cantidad de las deudas varía. La media está en más de trescientos mil euros y en algunos casos se llega hasta los dos millones o incluso tres. Uno se pregunta, cuando se ven estos casos, cómo han podido llegar hasta esa situación, pero la verdad es que ocurre.

-¿Y suelen cobrar los acreedores el dinero que se les adeuda?

-Cuando se termina el concurso, si es fortuito, se extingue la persona jurídica, por lo que nadie puede responder de las deudas aunque las haya impagadas. Los acreedores que ven un auto de conclusión muy difícilmente van a poder cobrar de algún sitio porque no hay de dónde tirar y, de hecho, hay proveedores que se ven abocados a ir al concurso a consecuencia de eso.