«Cuando el horizonte es muy largo la reinserción se complica»

edith filgueira OURENSE / LA VOZ

OURENSE

MIGUEL VILLAR

El secretario general de la Subdelegación, Manuel Arias, ofrece una ponencia sobre la prisión permanente revisable

10 abr 2019 . Actualizado a las 08:10 h.

El exdirector de la prisión de Pereiro de Aguiar y actual secretario general de la Subdelegación del Gobierno de Ourense, Manuel Arias Carral, será uno de los ponentes que esta tarde participen en el curso organizado por la UNED y la Universidad de Vigo sobre las «Luces y sombras de la Constitución Española», con motivo del cuarenta aniversario de la Carta Magna. Arias Carral es, además, profesor asociado de Derecho Penal y su charla ahondará en la constitucionalidad de la prisión permanente revisable. A punto de empezar la campaña electoral, algunos partidos prometen no solo mantenerla vigente, sino endurecerla añadiéndole supuestos. El profesor universitario abordará la problemática desde diferentes aristas en el Centro Cultural Marcos Valcárcel, a partir de las 16.00 horas.

-¿En qué puntos puede chocar la prisión permanente revisable con la Constitución, desde su perspectiva?

-Choca con los artículos 15 y 25, según mi juicio. Con el 15 porque este recoge que se prohíben los tratos inhumanos y degradantes a las personas. Y con el 25 porque establece que las penas privativas de libertad deben estar orientadas hacia la reeducación y la reinserción social.

-¿Tiene sentido establecer penas tan largas cuando el objetivo del sistema penitenciario, en teoría, es reinsertar?

-Las penas tienen un objetivo doble. Por un lado tienen una finalidad retributiva, de castigo por el delito que se ha cometido. Y, por otro, de reinserción, trabajando con esa persona para que en el futuro no vuelva a delinquir. Pero en condenas excesivamente largas puede dificultarse más este segundo objetivo. Es cierto que con la prisión permanente revisable se habla de delitos muy graves. Pero es que ya existen en el Código Penal español condenas efectivas de hasta 30 años, por un solo delito, y 40 años de cárcel, por dos o más.

-¿Endurecerlas más todavía disuade al autor del delito de cometerlo?

-Las personas, antes de cometer un delito grave, no suelen mirar el castigo que se impone para lo que van a hacer. Pero la finalidad de las penas no debe ser intimidatoria. Además de que endurecer más la prisión permanente revisable es complicado. Yo entiendo que el sistema punitivo español es de los más duros de Europa, si no el más. Y tenemos la tasa de criminalidad más baja. Con esos datos en la mano no parece que haya necesidad de endurecer las penas. Tiene que existir un equilibrio. Porque es comprensible, desde el punto de vista de las víctimas, que se pida una condena dura en delitos graves. Pero no es tan comprensible desde el punto de vista del legislador, que debe mantenerse en el tecnicismo y con distancia.

-¿Está realmente el sistema penitenciario capacitado para reinsertar con los medios de los que dispone?

-Sí. Lo primero que se hace con un penado, una vez que tiene una sentencia firme, es un programa individualizado de tratamiento. A partir de ahí se intenta trabajar para neutralizar o superar los factores que determinaron que cometiera el delito. Eso en las prisiones sí se hace. Pero cuando el horizonte es muy largo, la tarea puede complicarse más todavía.

-¿Cuándo se hace la primera revisión de un preso condenado a prisión permanente?

-A los 25 años de la sentencia. Y a partir de ahí, cada dos. Así que dependiendo de la edad a la que cometa el delito puede terminar su vida en la cárcel.