El juez absuelve a un ganadero porque aunque desatendió a sus reses, no causó la muerte de dos

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE

M. V.

La Fiscalía solicitaba para el acusados dos años de prisión

13 mar 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

«La prueba que se ha practicado en juicio no ha acreditado que las ovejas y cabras que componían la explotación se hallasen en estado de desnutrición y que eso fuese la causa del lamentable estado de salud de las dos ovejas a las que los veterinarios, por razones de bienestar animal, practicaron la eutanasia». Con este argumento absuelve la justicia a un ganadero ourensano al que se había juzgado por dos delitos de maltrato animal originados en el pésimo estado en el que fueron halladas dos de sus ovejas, que tuvieron que ser sacrificadas por los veterinarios. Tras la vista oral en la que Agustín M. B. se sentó en el banquillo de los acusados del juzgado de lo penal de la capital ourensana, el juez de adscripción territorial, Ricardo Pailos, ha considerado que no existen pruebas suficientes para condenar.

Los hechos se remontan a la primavera del año 2017, cuando el acusado era titular y encargado de una explotación ganadera compuesta por cabras y ovejas. La explotación se extendía por una propiedad de 17 hectáreas y se ubicaba en el pueblo de Liñares, en el ayuntamiento de Nogueira de Ramuín. Da cuenta la sentencia de que entre los meses de abril y julio de ese año los animales que formaban parte de la explotación «abandonaron en reiteradas ocasiones la citada finca, deambulando libremente por el pueblo de Liñares y causando notables molestias a los vecinos».

Fruto de esas reiteradas protestas el 11 de julio del 2017 agentes del Seprona se presentaron en el pueblo de Liñares para comprobar el estado de las instalaciones, acompañados de veterinarios del servicio de sanidad animal de la jefatura territorial de Medio Rural. «Los citados profesionales encontraron en el pueblo dos ovejas pertenecientes al rebaño propiedad de Agustín en estado agonizante, motivo por el que procedieron a practicarles la eutanasia».

Completa pasividad

Y aunque las autoridades habían atribuido esas dos muertes al acusado, responsabilizándolo por no haber mantenido cerrada la explotación y debidamente cuidados los animales, el juzgador entiende que «el relato de hechos probados debe llevar al dicto de un fallo absolutorio». Así, aunque el togado ve «completa pasividad» en el comportamiento del acusado, «quien se desentendió de la explotación» ya que los animales deambulaban libremente por el pueblo, considera también que no hay pruebas de que los animales «se hallasen en estado de desnutrición y que ello fuese la causa del lamentable estado de salud de las dos ovejas». Para llegar a esta conclusión tiene en cuenta la declaración de los veterinarios y los agentes, que discreparon. Mientras que los agentes indicaron la posibilidad de que las heridas que tenían las dos reses hubieran sido causadas por los propios mastines que custodiaban la explotación, los veterinarios no descartaron de manera tan tajante «otras posibilidades, tales como el ataque de alimañas». «En vista de tales divergentes manifestaciones de testigos y peritos resulta claro que no puede descartarse la posibilidad apuntada por los profesionales veterinarios», recoge el fallo. Se da la circunstancia de que durante el juicio el propio acusado ya apuntó a la posibilidad de que las ovejas hubieran sido atacadas por alimañas.

Así las cosas, concluye el togado que «la completa desatención del acusado hacia sus animales no llegó a constituir la conducta delictiva» y lo absuelve de los cargos, por los que se reclamaba una condena de dos años de cárcel.

Se la circunstancia de que a a Agustín M. B. lo condenaron hace apenas dos meses por otro caso de maltrato animal. En aquel caso el mismo juez sí vio pruebas de que su desatención al rebaño, al que dejó en un establo de Barbadás cerrado y sin comida ni bebida, había provocado su muerte. Le impusieron una condena de un año de prisión.