El condenado por raptar y violar a una joven durante 19 días en Ourense seguirá 20 años en la cárcel pese a buscar una rebaja con la ley del «solo sí es sí»
OURENSE
La víctima vejada y sometida a un «suplicio interminable»: la golpeó con barras de hierro, la obligó a consumir drogas e hizo que ingiriera sus propios vómitos
22 dic 2022 . Actualizado a las 05:00 h.El condenado por raptar en Ourense a una joven a la que tuvo retenida en la casa de su familia durante 19 días, sometiéndola a todo tipo de vejaciones, agresiones sexuales y lesiones, tendrá que seguir cumpliendo la pena de 20 años que le impuso la Audiencia Provincial de Ourense. Fue uno de los sucesos, ocurrido en enero del 2018, que más conmovieron a la sociedad por la horrible experiencia por la que tuvo que pasar la víctima. El violador, que contó con la complicidad de los familiares que residían con él para retener a la víctima, había agotado todos los recursos, llegando hasta el Tribunal Supremo. Sin embargo, la revisión de la sentencia por la modificación del Código Penal en lo que respecta a los delitos sexuales, la conocida como «ley del solo sí es sí» o «ley Montero» le dio otra oportunidad. Y su abogado solicitó la revisión. Fiscalía y acusación particular se opusieron a la rebaja solicitada.
La Audiencia de Ourense considera que, en este caso, la nueva legislación no favorece a este condenado por «la continuidad delictiva concurrente». Al contrario, la «ley del solo sí es sí» contiene agravantes que no aparecían en la anterior legislación y que ocurrieron en este caso: la mujer fue sometida a un trato particularmente degradante o vejatorio, se le anuló su voluntad obligándola a consumir drogas y el acusado tenía con su víctima una relación análoga a la afectiva. Así que Javier Gabarri, el condenado por agresiones sexuales continuadas, tendrá que seguir preso hasta el año 2038, porque su sentencia ya recogía todos esos supuestos.
Durante el tiempo que el violador, miembro del clan de los Madriles, tuvo retenida a su víctima, la golpeó con palos y barras de hierro, la obligó a beber alcohol, a consumir sustancias estupefacientes y a ingerir sus propios vómitos; le cortó el pelo contra su voluntad, la obligó a bañarse con agua fría y la privó de comida. La forzó a mantener relaciones sexuales con penetración todos los días, intimidándola con amenazas y golpes, y la apuntó con una escopeta cuando se negó a hacerle felaciones.
Todos esos hechos aparecían descritos en la sentencia. También la relación, primero consentida aunque breve, que habían mantenido ambos antes de producirse el rapto. Antes de ese mes de enero, se habían tratado por Whatsapp. Se citaron y pasaron dos noches juntos en un hotel de la ciudad. A partir de ahí, comenzó la pesadilla de la joven. La engaño para llevársela a casa, en la calle Dalia de Ourense, donde vivían los padres del delincuente y dos hermanos. Desde ese momento, tal como recogía la sentencia primera de la Audiencia, que luego fueron confirmando los tribunales superiores, Gabarri decidió que la chica ya no se marcharía. Le impidió moverse libremente, le quitó el teléfono móvil o le comprobaba y dictaba los mensajes que podía escribir. Desde el 7 hasta el 26 de enero del 2018 tuvo a la víctima oculta en esa casa, con la connivencia de sus familiares. La situación se prolongó a pesar de que la Policía Nacional, a través de agentes de la UFAM, buscaba a la joven, a la que tenían en un programa de protección por haber sido víctima de violencia machista por una pareja anterior. La situación que vivió esa mujer la calificó el tribunal ourensano de «suplicio interminable». En los únicos momentos que podía salir, estaba siempre vigilada por su agresor o por la familia de este: cuando salía a hacer sus necesidades en el exterior de la casa o una vez que Gabarri la llevó a un cajero y le obligó a sacar dinero de su cuenta (230 euros que le tuvo que entregar a él). Por ello, los jueces consideraron que no tuvo posibilidad real de huir. Los padres y hermanos que le ayudaron a mantener esta situación fueron condenados a dos años y seis meses de cárcel.
La joven, tal y como declaró en el juicio, celebrado en octubre del 2019, aseguró que la había drogado para forzarla sexualmente y luego llevarla a casa. «Me desperté en la cocina, llena de golpes y rodeada de toda la familia», explicó entonces. Los propios forenses declararon ante el juez que había corrido «peligro de muerte». Y los policías que la encontraron fueron contundentes. «Temblaba, olía mal, tenía golpes y cortes en la cabeza; su mirada era de terror», aseguró una agente. Por su parte la víctima, explicó cómo intentó protegerse: «Si lloraba era peor -relató la mujer- y me hice su amiga para poder salir viva».
Otro caso en O Carballiño en el que sí se reducirá la condena
La modificación penal agrava este tipo de casos de violencia sexual, pero beneficia a condenados por delitos en los que no concurran esas situaciones. Por ello, a un penado con seis años de cárcel por violar a su limpiadora en O Carballiño sí se le reduce la pena. La condena mínima por agresión sexual bajó y, en aplicación de esta norma más favorable, la Audiencia de Ourense le redujo la condena a cuatro años de cárcel. Esta agresión sexual ocurrió en el año 2017. El acusado tenía contratada como empleada de hogar a una mujer. El 17 de junio la limpiadora fue a su casa y estaba haciendo la cama, cuando él se aproximó bromeando y la tiró en el lecho diciéndole «tengo ganas de sentir a una mujer». Ella le decía que parase, pero él le tocó los pechos. Luego le ayudó a hacer la cama y cuando la mujer iba a seguir con sus labores, él apareció, la agarró por la cintura, la empujó hacia el salón y la tumbó en el sofá. Ella forcejeaba, pero él consiguió violarla.
El hecho se valoró en la primera sentencia como una agresión sexual, pero la nueva redacción del artículo para este delito impone un rango de penas de cuatro a doce años. El condenado está cumpliendo prisión por esta violación, pero ahora le queda menos tiempo entre rejas.