El Concello deberá readmitir al trabajador e indemnizarlo
27 dic 2023 . Actualizado a las 19:10 h.El Juzgado de lo Social nº 3 de Ourense ha declarado nulo el despido del aparejador del Concello de Nogueira de Ramuín y ha condenado a la institución municipal a readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía, además de indemnizarlo con la cantidad de 15.000 euros por daños y perjuicios, al considerar que se han vulnerado sus derechos fundamentales.
El Concello de Nogueira de Ramuín rescindió la relación laboral con el aparejador municipal alegando la mala situación económica de las arcas públicas y solicitó de la Diputación que se concediese asesoramiento en materia de urbanismo. El afectado, al que le fue comunicado el 14 de julio su despido tras reclamar el reconocimiento de la relación laboral que mantenía con el Concello, denunció la decisión de proceder a dar por finalizada la relación laboral.
Según consta en la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Ourense, quedó acreditado que el aparejador municipal prestaba sus servicios en Nogueira de Ramuín desde el 1 de marzo del 2009. Al Concello acudía dos veces por semana, trabajaba con el material de la institución, tenía tarjeta de empleado, visitaba las obras con el alcalde o el edil de Urbanismo, elaboraba proyectos y tramitaba los expedientes. En la sentencia se asegura que se aprecia una clara represalia por parte del Concello de Nogueira de Ramuín, ya que el actual gobierno local despidió al aparejador municipal e incluyó en la RPT —la Relación de Puestos de Trabajo— a una trabajadora que se encontraba en la misma situación que el demandante. El trato dispensado al aparejador se considera de «especial gravedad atendiendo al comportamiento de la empresa» e influyó en la salud del mismo.
En consecuencia, el Juzgado de lo Social nº 3 de Ourense acordó declarar como nulo el despido del aparejador municipal y condenó al Concello de Nogueira de Ramuín a readmitir al trabajador en su puesto laboral «en iguales condiciones que antes del despido», además de abonar los salarios pendientes. También se condenó a la administración local a pagar al aparejador «la cantidad de 15.000 euros de indemnización por daños y prejuicios por vulneración de derechos fundamentales».