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En Ourense la mayoría de sanciones por orinar en la calle se ponen en el casco viejo

Miguel Ascón Belver
miguel ascón OURENSE

OURENSE CIUDAD

La calle Lepanto, en los vinos de Ourense
La calle Lepanto, en los vinos de Ourense X. M. Rodríguez

La infracción acarrea una multa de 80 euros en virtud de la ordenanza municipal

08 may 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Aunque debería ser de sentido común no hacerlo, si a alguien se le ocurre orinar en la vía pública y lo pillan, podría enfrentarse a una multa. Eso es lo que le ha ocurrido a al menos 18 personas en la capital de Ourense en los últimos meses. En la mayor parte de los casos, la sanción que se les impone es de 80 euros, aunque si los afectados reconocen voluntariamente su culpabilidad, finalmente solo deben pagar 48 euros.

Un primer análisis de los decretos relacionados con ese tipo de infracciones desde enero del año pasado hasta marzo del 2023 revela que la mayor parte de los casos se detectan en el casco viejo. Así pues, en ese período se registraron sanciones en varias calles y plazas de la zona, como Lepanto, Damas, Padre Feijoo, Pontevedra, Paz, Magdalena, o Estrela. Especialmente llamativa es la concentración en la Rúa Lúa, donde los agentes de la Policía Local denunciaron a cuatro personas por ese motivo. Fuera de la zona histórica se detectaron casos en lugares muy próximos, como las calles Arturo Pérez Serantes, Valle Inclán o Ervedelo, que también cuentan con locales de ocio nocturno.

En compañía y el género

Ese no es un dato baladí, especialmente si se tiene en cuenta que la práctica totalidad de las sanciones impuestas por orinar en la vía pública se registraron de madrugada: a las 2.37 horas, a las 4,27, a las 4.02, a las 6.50, etcétera. A veces, por otra parte, las multas llegan a pares. Así ocurre cuando los agentes de la Policía Local descubren haciendo sus necesidades fisiológicas a dos personas a la vez, algo que no es poco frecuente. Ese es el caso que se encontraron los policías una noche del pasado me de febrero a las 0.45 horas en la Praza das Damas, en el casco viejo. La sanción fue de 80 euros para cada uno. Eso mismo les ocurrió a dos amigos que en marzo del año pasado fueron descubiertos orinando en el número 8 de la calle Lepanto.

Eran, en todos los casos, hombres, como la mayor parte de los infractores sancionados por orinar en la vía pública. De los 18 casos recopilados por La Voz de Galicia a partir de los decretos firmados por este motivo desde enero del año 2022, 16 están protagonizados por varones. Las únicas excepciones se registraron en la calle Luna y Lamas Carvajal. En el primero de los casos, ocurrido una noche de diciembre a las 4.15 la infractora reconoció voluntariamente la infracción, por lo que se benefició de una rebaja en la multa y solo pagó 48 euros. El segundo caso ocurrió a las 3.05 horas de una madrugada de marzo del año pasado en la esquina de Lamas Carvajal con la avenida de Pontevedra.

La excepción horaria

Como se puede comprobar, la actas de infracción que levantan los agentes de la Policía Local se concentran en horario nocturno. El caso más tempranero es del de un hombre a quien descubrieron orinando a la altura del número 90 de Ervedelo una noche de noviembre del año 2021 cuando eran las 23.56 horas.

El caso más excepcional, tanto por el momento del día como por su ubicación, lejos de zonas de ocio nocturno, es uno registrado una mañana de julio del año 2022 en Basilio Álvarez. Según figura en el acta policial, «atopábase realizando as súas necesidades fisiolóxicas na vía pública» cuando eran las 10.00 horas.

Normativa de referencia

La sanción para él, como en todo los casos analizados, fue de 80 euros. Para imponer esas multas, el Concello de Ourense se basa en la ordenanza de limpieza, que está en vigor sin modificaciones desde el año 1995. En su artículo 7 se señala que «está prohibido botar a vía pública calquera tipo de residuos» y en el 43.1 (apartado a) se establece como infracción leve «botar calquera tipo de residuo na vía pública». Así lo señalan todas las resoluciones sancionadoras emitidas por el Concello de Ourense, que añaden que «tendo en conta que os ouriños, a estes efectos poden considerarse un residuo e que ese residuo estase botando a vía pública, a infracción queda claramente tipificada».

Esa misma ordenanza sirve, en su artículo 44,1, para establecer la cuantía de la sanción, que siempre se fija «en grao mínimo» a menos que se detecten circunstancias agravantes, algo que no ocurrió en ninguno de los casos analizados. Esto se traduce en una multa de «ata 90,16 euros», pero los instructores de los expedientes proponen siempre dejarla en 80 euros.