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La Audiencia de Ourense corrige la sentencia del caso Nerea Añel e impone diez años de cárcel a su novio por un delito de homicidio por omisión

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE

OURENSE CIUDAD

Julio González Sierra, juzgado por la muerte de Nerea Añel, tras conocer el veredicto de culpabilidad pronunciado por el tribunal del jurado en la Audiencia de Ourense.
Julio González Sierra, juzgado por la muerte de Nerea Añel, tras conocer el veredicto de culpabilidad pronunciado por el tribunal del jurado en la Audiencia de Ourense. Miguel Villar

La resolución llega nueve meses después del juicio en el que un jurado popular declaró a Julio González Sierra culpable de la muerte de la joven de 26 años, por no auxiliarla cuando se cayó

04 nov 2024 . Actualizado a las 18:53 h.

Nueve meses después de que se celebrase el juicio y tras haber pasado cinco desde que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia anulase una primera resolución absolutoria, el caso Nerea Añel ya tiene condena. Este mismo lunes la Audiencia Provincial de Ourense ha impuesto diez años de cárcel al novio de la joven al que el jurado popular había encontrado culpable de un delito de homicidio por omisión. Sin apartarse del sentido del veredicto, postura que le reprochó el alto tribunal gallego cuando anuló la primera decisión, el presidente del tribunal ha considerado probado esta vez que el novio de la víctima estaba con ella cuando sufrió una caída accidental que la dejó inconsciente. Lejos de socorrerla, Julio González Sierra, se marchó del lugar, contando a sus amigos en los días posteriores que a Nerea, que tenía 26 años, la habían detenido los agentes de la Guardia Civil.

Se cumplen así las pretensiones tanto de la Fiscalía de Ourense como de la acusación particular, que ejerce la madre de Nerea Añel. Sospecharon desde el primer momento que el novio de Nerea había tenido que ver con su muerte y el juicio celebrado el pasado mes de febrero en la ciudad de As Burgas les dio la razón. Un tribunal popular vio claro que el acusado y la joven estuvieron juntos en un motel de Barbadás en la tarde del 15 de enero del 2020. Dos empleadas los vieron huir por un camino, ante el temor de que se presentase en el lugar una patrulla policial, si bien horas después Julio regresó solo al establecimiento. Quedó probado que, en la huida, Nerea sufrió una caída accidental que la dejó malherida. Los forenses dijeron que si hubiera recibido asistencia sanitaria se hubiera salvado, pero su novio se desentendió de todo y la dejó allí. Su madre denunció su desaparición días después, pero la búsqueda se vio interrumpida por la irrupción del coronavirus. Unos caminantes localizaron su cuerpo en septiembre en el lecho de un arroyo, a pocos metros del motel.

En la resolución, el magistrado presidente sostiene ahora que el acusado, tal y como se consideró probado en el acta del veredicto, «se encontraba presente en el momento en el que se produjo el traumatismo craneoencefálico vertebral de la víctima y no le prestó la asistencia necesaria para evitar su fallecimiento». De esta forma, ve acreditado que el fallecimiento de Nerea Añel «fue provocado por la falta de asistencia que debió prestarle su pareja después de producirse su caída en un punto no determinado». 

De catorce a diez años

Eso sí, el magistrado aplica una considerable rebaja en el tiempo de cárcel que habían solicitado las dos acusaciones. Ambas habían reclamado catorce años de reclusión, si bien ese tiempo de privación de libertad queda ahora reducido hasta los diez años. En esto tiene que ver que el magistrado, Antonio Piña, considera necesario aplicar una circunstancia agravante y otra atenuante. La primera deriva del parentesco que había entre Julio y Nerea, ya que quedó acreditado que ambos era pareja sentimental cuando tuvo lugar el suceso. Mientras, la adicción a las sustancias estupefacientes que sufría el acusado en el momento de los hechos, algo que quedó también corroborado, juega a su favor. «Atendiendo a todo ello procede la imposición de la pena en la extensión de diez años, al no apreciarse circunstancias que motiven su elevación», dice el togado.

El fallo, contra el que cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, también contempla que la madre de Nerea sea indemnizada. El acusado tendrá que pagarle 25.000 euros, la cantidad que la propia perjudicada había reclamado y que el juez considera adecuada, pese a dejar claro que «una vida humana es irreparable».

Julio González Sierra, que se encuentra en prisión por cometer numerosos delitos de robo, siempre ha negado los hechos, explicando en el juicio que la última vez que vio a Nerea la joven estaba con vida. Contó que ambos habían robado minutos antes una cartera a un taxista y, en la creencia de que la Guardia Civil los iba a detener, decidieron separarse en las inmediaciones del motel. «Nos dimos un beso y quedamos en vernos al día siguiente en Covadonga», declaró en la vista celebrada el pasado mes de febrero en Ourense.