Las construcción de una depuradora lleva al banquillo a quien fue alcalde de Campo Lameiro durante 36 años

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

CAMPO LAMEIRO

Julio Sayáns, en una imagen del 2015
Julio Sayáns, en una imagen del 2015 RAMON LEIRO

La Audiencia de Pontevedra ha señalado este jueves la celebración de esta vista oral, que ya se suspendió en dos ocasiones anteriores

10 jul 2023 . Actualizado a las 09:58 h.

Retirado de la política desde el 2019 después de haber sido alcalde de Campo Lameiro durante 36 años desde 1983, el popular Julio Sayáns se sentará este jueves en el banquillo de los acusados de la Audiencia de Pontevedra por las obras de la depuradora del polígono de A Facha. Le acompañarán la persona que elaboró el proyecto de mejora de esta estación y la secretaria municipal. La Fiscalía les acusa de haber acometido esta instalación «sobre una zona en la que no se podía construir esta instalación dadas las características del suelo según el planeamiento municipal y además se efectuó invadiendo una parte de la propiedad, de tal suerte que la actuación de los investigados afectó de forma directa a la configuración del terreno en el parque empresarial, al interés público y al interés particular dado que se ocasionó un perjuicio directo a la entidad titular de la finca parcialmente ocupada». La de este jueves será la tercera vez en que se fije la celebración de esta vista oral, que ya se suspendió en dos anteriores ocasiones.

El representante del ministerio público solicita cuatro años y medio, cuatro años de inhabilitación para cargo público y multa de 4.050 por un delito de falsedad de documento público, oficial o mercantil cometido por una autoridad o un funcionario público, así como dos años y nueve meses, 4.860 euros de multa y tres años y seis meses de inhabilitación por un segundo delito contra la ordenación del territorio o contra la disciplina urbanística para el exregidor. En el caso, de la secretaria municipal se piden dos años y seis meses, doce de inhabilitación para cargo público y 4.860 euros de multa por prevaricación urbanística, mientras que para el tercer encausado se insta a una condena de un año y nueve meses de cárcel y el abono de una sanción de 3.600 euros por una supuesta falsedad de documento público, oficial o mercantil cometido por un particular.

En el escrito de acusación se recoge que, a lo largo del 2013, en la comisión de gobierno del Concello de Campo Lameiro se puso de manifiesto la necesidad de modificar o sustituir la EDAR del polígono industrial de A Facha «dada la insuficiencia de la depuradora construida en el año 2007 para dar servicio a la localidad». Julio Sayáns, siempre según el fiscal, contactó con el también encausado encomendándole la realización de un anteproyecto, que fue aprobado en pleno.

En junio del 2014, el investigado presentó este documento de mejora de la estación y apenas un mes después, la secretaria municipal «emitió el certificado sobre la existencia de crédito bastante y un informe sobre el procedimiento de contratación que se debía seguir». Sin embargo, «no hizo referencia a la necesidad de la elaboración de un pliego de prescripciones técnicas por un funcionario municipal, ni tampoco manifestó que era, en todo caso, necesario encomendar a un técnico externo la confección del pliego de cláusulas técnicas de la obra de no contar con personal municipal que pudiese efectuar esta tarea».

Pliego de condiciones técnicas

Ese mismo día, el alcalde acordó que procedía dar comienzo al expediente de contratación de las obras de mejora, por lo que habría ordenado que se elaborase el pliego de prescripciones técnicas, así como el pliego de cláusulas administrativas. Este último, al parecer, se redactó casi de inmediato, si bien no se confeccionó el pliego de condiciones técnicas.

En todo caso, la junta de gobierno aprobó las obras en una sesión en la que la secretaria «no hizo ningún reparo de legalidad ni advirtió (...) de la ausencia del pliego de condiciones técnicas de la obra». Es por ello que el fiscal considera que su proceder «se realizó con un absoluto desprecio por las normas administrativas que regulan la contratación de obras públicas y con pleno conocimiento de que, al no efectuar la preceptiva advertencia de ilegalidad de proyecto, estaba consintiendo la vulneración de normas básicas del procedimiento administrativo de contratación», recoge el escrito de acusación.

Las obras

En el mismo se refiere, asimismo, a otras presuntas irregularidades que se habrían producido en la tramitación del procedimiento hasta que en octubre del 2014 arrancaron las obras que consistieron en la retirada de la antigua depuradora y su sustitución por una nueva. Durante estos trabajos, la acusación mantiene que, por la naturaleza del terreno y dado el mayor volumen de la nueva EDAR, esta no se podía instalar en el mismo lugar que la anterior.

Y para solventar esta contingencia, al tercer acusado, según el ministerio público, no se le ocurrió otra cosa que preguntarle al por entonces alcalde de Campo Lameiro si sería posible desplazar unos metros la depuradora para lograr que se asentase y, del mismo modo, variar su orientación. El fiscal mantiene que, «actuando con un total desprecio por la aplicación de las normas administrativas y sin efectuar ninguna modificación del proyecto de la obra y mucho menos en el expediente administrativo», autorizó verbalmente el cambio de localización y de orientación de la nueva infraestructura.

A la postre, esta modificación determinó que la depuradora se instalase en dos parcelas, una de ellas propiedad de una sociedad mercantil, mientras que la otra está adscrita a una zona del polígono empresarial de A Facha donde «estaba prohibida la instalación de construcciones industriales o fabriles, tales como una estación depuradora, dado que era una zona o espacio de uso y de dominio público libre de usos, destinado a las zonas verdes y a los espacios libres». En definitiva, solo le permitirían pequeñas instalaciones de juegos y de deportes.

Absolución

Las fuentes consultadas en su día señalaron que los tres encausados han venido manteniendo, durante la instrucción judicial de esta causa, su inocencia y la legalidad de todo el procedimiento. De hecho, este convencimiento ha frustrado la posibilidad de alcanzar un acuerdo de conformidad planteado en su momento desde la Fiscalía de Pontevedra que implicaría una rebaja de las penas solicitadas a condición de que asumiesen la comisión de los delitos por los que se les acusa.

En su escrito de acusación, además de solicitar las penas de prisión, inhabilitación y multas, se insta a la Audiencia de Pontevedra a que decrete «la demolición de las obras y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada». La construcción de esta EDAR se presupuestó en su día en 91.596 euros, de los cuales el 80 % fueron aportados por la Consellería de Economía e Industria.