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Vender un teléfono encontrado en la calle es delito: condena en Santiago por apropiación indebida

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO CIUDAD

En una imagen de archivo, la sede de los juzgados de Santiago
En una imagen de archivo, la sede de los juzgados de Santiago PACO RODRÍGUEZ

El acusado, que no conocía al dueño, guardó el móvil durante meses para después llevarlo a una tienda de compra-venta

01 ago 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Encontrar un móvil perdido en la calle no es un golpe de fortuna, sino una responsabilidad para el que se topa con el teléfono, ya que si no pasa de largo tiene la obligación de devolverlo y, si no conoce al propietario, llevarlo a la policía. De lo contrario, podría incurrir en un delito de apropiación indebida, como le ha sucedido a una persona que fue condenada en primera instancia en Santiago y cuya pena, de 120 euros de multa, acaba de confirmar la sección compostelana de la Audiencia Provincial tras resolver el recurso de apelación.

Los hechos que han sido declarados probados sitúan al dueño del móvil en una calle compostelana en la que perdió su móvil, un Vivo V70 8 Ram valorado en 145 euros. En una fecha que no ha podido determinarse, el acusado encontró el teléfono y, pese a que sabía que tenía que tener un propietario, se apoderó de él y el 3 de noviembre del 2021 lo vendió en el establecimiento de compra-venta Todoconsolas.

Venderlo fue lo que le delató, ya que el acusado había guardado durante meses el móvil en su casa hasta que se decidió a intentar sacar un provecho de él. Las fuerzas de seguridad están siempre muy pendientes de este tipo de comercios y cuando hay denuncia de robo o desaparición es más fácil que salten las alertas. En este caso, actuó la Policía Nacional, que no solo recuperó el teléfono, sino que se lo devolvió a su legítimo propietario. Estaba en perfecto estado.

En su recurso ante la Audiencia, el acusado alegó que no tenía constancia de que el móvil tuviese dueño, algo que rechaza el tribunal provincial señalando que «el hecho de que durante meses guardase el objeto y luego lo intentara vender son datos indiciarios absolutamente coherentes con el ánimo de hacer suyo, de apropiarse del objeto o del producto del acto de disposición relativo a él, propios de la infracción que es objeto de imputación».

Tampoco comparte la Audiencia que el acusado alegue que él pudiese entender que el móvil había sido abandonado y que, por tanto, «sufriera un error sobre la ajenidad del bien, que careciera de dolo sobre tal elemento normativo del tipo». Los magistrados le reprochan que «un bien valioso y útil como un móvil, susceptible de ser aprovechado cuando una persona pierde el interés en él, no se abandona tirándolo en una vía pública, como se estaría postulando, como máximas de elemental experiencia indican».

El hecho de que el teléfono era valioso queda claro a juicio de la Audiencia en que el propio procesado tratara de venderlo. «Era un bien extraviado con dueño, ajeno, y el acusado, sabiéndolo, se lo apropió en lugar de llevar a cabo otras conductas más cívicas», zanja la Audiencia Provincial la cuestión.

Además de la multa de 120 euros por el delito leve de estafa, el condenado también tendrá que hacer frente a las costas del proceso judicial de primera instancia en el Juzgado de Instrucción número 1. De no abonar la sanción, la pena se cambiaría por quince días de privación de libertad.