La juez considera como atenuantes la confesión del bailaor y que se paró tras el atropello Fue declarado culpable de omisión de socorro y homicidio por imprudencia grave
30 jul 2005 . Actualizado a las 07:00 h.Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, no irá a la cárcel. El bailaor, que circulaba sin carné a 80 kilómetros por hora en una zona limitada a cuarenta y que mató a un peatón en un paso de cebra tras embestirlo con su coche para luego darse a la fuga, ha sido condenado a 16 meses de prisión, pero como ésta es la pena mínima y el reo carece de antecedentes evitará pasar por la penitenciaría. Un juzgado de Sevilla lo ha condenado a dos penas de 8 meses de cárcel cada una por los delitos de homicidio por imprudencia grave y omisión del deber de socorro. Farruquito también deberá pagar una indemnización de 102.000 euros a la viuda de Benjamín Olalla, el peatón atropellado, y otros 16.000 euros a los padres de éste. Tampoco podrá conducir un coche durante cuatro años. Sin embargo, la juez le absuelve de la acusación de simulación de delito, al intentar culpar a su hermano menor de lo sucedido. El fiscal había pedido una pena de 4 años y un mes. El fallo considera probado que el bailaor circulaba a 80 kilómetros por hora en una calle limitada a 40, que se saltó un semáforo en rojo antes del atropello y «alguno o algunos» al huir y que, además, conducía su BMW «sin el deber de cuidado que le era exigible» debido al suelo mojado y a la existencia de un paso de cebra. Pero lo más llamativo del fallo son las atenuantes aplicadas por el juez, consideradas, cuando menos, como dudosas por los abogados consultados por La Voz. El magistrado consideró como atenuante la confesión de los hechos, ya que la declaración del bailaor fue la primera noticia que se tuvo del atropello, pese a que no la hizo hasta seis meses después y cuando ya había sido acusado. El juez declaró nulas las escuchas telefónicas por las que los agentes se enteraron de que Farruquito estaba involucrado en el accidente. También es discutible la atenuante de reparación del daño, en base a que el artista destinó los 140.000 euros que depositó como fianza para indemnizar a la viuda y a los padres de la víctima. En cuanto al delito de omisión de socorro, la juez rebajó la pena porque el bailaor paró el coche tras el accidente y «se percató de que la víctima no quedaba sola, sino que fue inmediatamente atendida, contando incluso entre los asistentes con un médico».