Anulada la ley que veta el «fracking» en Cantabria

madrid / efe

SOCIEDAD

26 jun 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El pleno del Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la ley cántabra que prohíbe en su territorio el uso de la técnica de la fractura hidráulica (fracking), al considerar que ha invadido competencias exclusivas del Estado y contradice la norma nacional que la autoriza. La sentencia no valora si el empleo de esta técnica es o no adecuado. Cantabria fue la primera comunidad autónoma en aprobar una ley para prohibir el nuevo procedimiento para la extracción de gas, que fue recurrida por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional, que la suspendió de forma provisional en febrero.

Según el Constitucional, la ley estatal exige, además, «la previa declaración de impacto ambiental favorable para autorizar» proyectos que requieran la utilización de sistemas de fractura hidráulica. En la sentencia, el tribunal añade que la ley 17/2013 está «justificada constitucionalmente, tanto por resultar necesaria para preservar lo básico en materia energética, como también por su incidencia para el desarrollo de la actividad económica del país y, por tanto, para la ordenación general de la economía».

«Carácter básico»

Teniendo en cuenta ese carácter «básico» de la legislación estatal, afirma el Constitucional, las comunidades pueden legislar en la materia en defensa de sus intereses y dentro de las competencias fijadas por sus estatutos, pero «respetando siempre las bases establecidas por el Estado».

Por ese motivo, el Constitucional afirma que la ley cántabra ha invadido competencias estatales en la medida en que la «absoluta e incondicionada» prohibición que establece respecto del uso del fracking «contradice de manera radical e insalvable» lo dispuesto en la Ley 17/2013.