Expertos juristas ven innecesario el estado de alarma para controlar el covid-19 en España

Gonzalo Bareño Canosa
Gonzalo Bareño MADRID / LA VOZ

SOCIEDAD

Agentes de la policía local de Málaga realizando un control, en una imagen de archivo
Agentes de la policía local de Málaga realizando un control, en una imagen de archivo Álex Zea | EUROPA PRESS

Los constitucionalistas consultados abogan por devolver competencias autonómicas

01 may 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La decisión del Gobierno de seguir solicitando al Congreso sucesivas prórrogas del estado de alarma para implantar su plan de desescalada suscita grandes dudas jurídicas entre los expertos constiucionalistas consultados por La Voz. «En una fase de desconfinamiento no es ya necesario el estado de alarma que, aunque sea implícitamente, implica un reforzamiento excesivo del Poder Ejecutivo», señala Eduardo Vírgala, catedrático de Derecho Constitucional jubilado en la Universidad del País Vasco. A su juicio, las medidas pueden tomarse al amparo de la ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, en la de protección de la seguridad ciudadana, y en otras ordinarias, por lo que «no es necesaria una nueva prórroga del estado de alarma».

Lorenzo Cotino, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, entiende que el derecho excepcional ordinario permite adoptar muchas medidas restrictivas «e incluso sirvió los primeros días para adoptar confinamientos generalizados». «No obstante, si se ha de decidir volver a confinamientos u otras restricciones, sería forzar demasiado una legislación no preparada para decisiones colectivas de restricción de derechos y confinamientos», pero podría reformarse la ley ordinaria «para facilitar algo más adoptar decisiones colectivas de restricción de derechos por pandemia, pero con garantías». 

Se podrían usar leyes ordinarias

José Manuel Vera, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, no ve necesario un estado de alarma, que, a su juicio, está siendo «de excepción en toda regla», porque el Estado podría utilizar «en el ámbito sanitario dos leyes de 1986, la General de Sanidad y la de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública» y también la Ley General de Protección Civil.

Aun más crítica es Pilar Cousido, profesora de Derecho Constitucional/Derecho de la Información en la Universidad Complutense de Madrid, que considera que «para restringir nuestros derechos, los movimientos, por ejemplo, tendrían que haber declarado un estado de excepción» y estima por ello que «estamos fuera de la legalidad constitucional». Carlos Flores Juberías, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, explica que «es necesario recuperar la normalidad cuanto antes» sin que ello suponga «debilitar la lucha por la erradicación de la pandemia». Ese doble objetivo se puede lograr, a su juicio, «bien poniendo punto final al estado de alarma» y recurriendo a Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública o la Ley General de Salud Pública, o bien «prolongando unos meses más el estado de alarma», pero solo «si el Ejecutivo renunciara a mantener los recortes en las libertades ciudadanas que de entrada tienen un discutible amparo legal en el estado de alarma».

Alberto López Basaguren, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco, entiende que la decisión de prorrogar el estado de alarma debe tomarse en función de si es necesario «limitar el derecho a la libre circulación de los ciudadanos o si son necesarias medidas especiales en el ámbito de la industria o la libertad de mercado». A su juicio, «la legislación de salud pública atribuye algunos poderes, pero no pueden ser usados de forma generalizada». 

Recuperar las instituciones

Respecto a si se debe normalizar ya el funcionamiento constitucional de todas las instituciones y devolver competencias a las autonomías, Vírgala entiende que es «absolutamente necesario» porque la Constitución establece que el funcionamiento de los «poderes constitucionales del Estado no podrán interrumpirse» en el estado de alarma. Por ello, «las Cortes, con las medidas de seguridad necesarias, deben volver inmediatamente a funcionar a pleno rendimiento». Cree también que las autonomías «conocen mucho mejor la situación en su territorio y deben recuperar todas sus competencias».

Vera sostiene que si se pone fin a este «falso estado de alarma» las competencias sanitarias deben volver a ser gestionadas por las comunidades, pero «bajo un mando único» porque un despiece competencial «podría incluso superar el caos decisorio actual», por lo que al Gobierno debería exigírsele «un diálogo y unas competencias que hasta ahora no ha demostrado». 

Concentrar competencias

Para Cotino, el estado de alarma ha servido «para restringir derechos, aunque había otros mecanismos», pero, sobre todo, «para centralizar y concentrar competencias». A su juicio «muchas medidas deben ser adoptadas en los niveles más cercanos, autonómico y local» sin excluir «la adopción de mecanismos de coordinación más fuertes».

Basaguren cree que «la actividad del Parlamento ha sido muy marginal, algo que es inaceptable en un sistema parlamentario como el nuestro», aunque precisa que con el estado de alarma «el Gobierno solo asume la decisión en lo relativo a las medidas para atajar la pandemia; pero las comunidades siguen teniendo la competencia en los sectores más importantes en la ejecución de las mismas».