Un juez anula el uso obligatorio de la mascarilla y la prohibición de fumar sin distancia en Alcázar de San Juan, en Ciudad Real
SOCIEDAD
También rechaza el cierre cautelar de parques y jardines, la suspensión de salidas de residentes de centros sociosanitarios y la limitación de las actividades colectivas. Considera que estas medidas no reúnen los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulneran de manera absoluta derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación
23 ago 2020 . Actualizado a las 12:39 h.El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real ha rechazado algunas de las medidas adoptadas por la Delegación Provincial de Sanidad para hacer frente al contagio comunitario detectado en Alcázar de San Juan, entre ellas el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio o la prohibición de fumar en terrazas.
Según han informado a Efe fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), el juzgado dictó en un auto fechado el 22 de agosto que no acepta el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio, incluyendo espacios cerrados privados y domicilios, y sin distinguir edad. Tampoco ratifica que no se permita salidas de residentes de centros sociosanitarios salvo razones de «fuerza mayor», ni la prohibición de fumar en terrazas «independientemente de la distancia», la suspensión de las actividades colectivas de ocio por su carácter genérico e indeterminado, ni al cierre cautelar de parques y jardines.
Según el TSJCM, estas cinco medidas no se ratifican judicialmente por no reunir los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulnerar de manera absoluta derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación. El resto de medidas resueltas por el delegado provincial de Sanidad en Ciudad Real para Alcázar de San Juan se ratifican judicialmente para un plazo inicial de 14 días y a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad.