El ministerio ha publicado por primera vez estos datos, a los que se suma el cierre de 13 portales web por infracciones «muy graves»
14 may 2022 . Actualizado a las 19:07 h.El Ministerio de Consumo sancionó el pasado año a 19 operadores del sector de las apuestas y juegos de azar online por infracciones graves o muy graves y ha impuesto multas que suman 58 millones de euros.
Los datos han sido dados este sábado a conocer por el ministerio, que ha publicado por primera vez las resoluciones sancionadoras firmes que se han impuesto en aplicación de la última modificación de la Ley de Regulación del Juego.
Además de las multas, la Dirección General de Ordenación del Juego ha ordenado el cierre de trece portales web en ese sector del juego durante un período de dos años por tratarse de infracciones «muy graves».
De acuerdo con las sanciones establecidas en la legislación española para las infracciones muy graves, once de estos operadores han sido castigados con multas de 5 millones de euros y, los dos restantes, con un millón de euros cada uno. En total, las multas en este capítulo ascienden a 57 millones de euros.
La citada dirección general también detectó infracciones graves en otros seis operadores del sector de las apuestas y juegos de azar online durante el pasado año, y en estos casos las multas ascienden a más de un millón de euros.
Es la primera vez que el Ministerio de Consumo hace públicas las resoluciones sancionadoras firmes que se han impuesto, y se publicarán en la página web de esa dirección general cuando se hayan notificado a los interesados.
Según el departamento de Consumo, se trata de un ejercicio de transparencia que posibilita conocer cuáles son los dominios web sancionados por infracciones graves o muy graves.
Son por ejemplo, las de los operadores que ofrecen actividades relacionadas con el juego pero carecen del correspondiente título que los habilita o de quienes permiten el acceso al juego a personas que lo tenían prohibido sabiendo de tales prohibiciones, entre otras causas.
La publicidad del juego queda desterrada a las madrugadas en televisiones y radios
Queda vetada en ´prime time´ y se prohíbe la propaganda de apuestas y casinos en retransmisiones, camisetas y estadios.
ALFONSO TORICES
Se acabó la publicidad del juego en horarios o soportes que puedan llegar con facilidad a los adolescentes españoles. El real decreto busca poner coto a la promoción de los casinos y apuestas online y de los juegos de azar. Acaba con la ausencia de regulación de una propaganda agresiva que el ministro de Consumo, Alberto Garzón, describió como «la ley de la selva». Busca proteger a los usuarios de riesgo y sobre todo frenar la influencia sobre los jóvenes, entre los que cada vez hay más enganchados al juego, sobre todo en sus modalidades en red.
A partir del 30 de agosto no habrá un solo anuncio en radio o televisión sobre apuestas, póker o ruletas en horario infantil o de máxima audiencia.
La ley destierra esta publicidad del ´prime time´ y solo la tolerará en la franja de madrugada, de una a cinco de la mañana. Pero la medida no solo afectará a los spot sino también a cualquier otra fórmula de publicidad o promoción. A la estática de carteles en estadios o circuitos y a la visual o de viva voz de las retransmisiones en directo o de los programas o carruseles deportivos. También desaparecerá esta propaganda de las vallas y la publicidad exterior.
En idéntica fecha quedarán prohibidos los patrocinios deportivos de las casas de juego. Ya no habrá más empresas de apuestas o de casinos ni en los nombres de clubes, estadios o competiciones, ni en sus camisetas y demás equipación.
La carencia de hasta diez meses en la entrada en vigor completa del real decreto se acordó para que las compañías, medios de comunicación y operadores de internet pudiesen realizar las adaptaciones técnicas, contractuales y económicas precisas. Desde el 4 de noviembre, fecha de vigencia de la norma, ningún nuevo contrato podía violar las disposiciones del decreto, pero se establecía el período transitorio para la rescisión o no renovación de los que estaban en vigor.
Es una medida lógica en un mercado complejo que suma 300 millones anuales en publicidad y casi otros 100 en patrocinios, fundamentalmente futbolísticos, por lo que la fecha tope coincidió con el comienzo de la nueva temporada. El departamento que dirige Garzón pronostica que el destierro a la madrugada puede liquidar prácticamente la publicidad del juego en España. Pero lo que ya está claro es el impacto de la reforma en los patrocinios. En los dos primeros partidos de Liga han desaparecido los nombres de casas de apuestas de todas las camisetas -era la publicidad principal de más de la mitad de los clubes de Primera y Segunda-, hasta el punto que al menos cuatro equipos llevan el pecho en blanco. El hueco dejado por los operadores del juego lo han cubierto en varias escuadras firmas de criptomonedas y de economía digital.
Consumo aceleró la reforma tras escuchar las voces de alerta de las ONG especializadas en tratamiento de adicciones y ayuda a la juventud sobre el aumento de la ludopatía. En España hay registrados unos 80.000 ludópatas y otros 120.000 jugadores con hábitos de riesgo, los llamados problemáticos. Pero lo más alarmante es que el 40 % de los nuevos jugadores tienen entre 18 y 25 años y que la mitad de los apostadores on-line son también jóvenes. De hecho, el 44% de los chicos y el 29% de las chicas de 15 a 19 años confiesan apostar con frecuencia y la edad de inicio de este hábito son los 14,7 años, según la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD).
Las restricciones del decreto de publicidad del juego se empezaron prohibiendo que cualquier famoso o influencers, como fueron los casos de Cristiano, Neymar, Sobera, Nadal y otros muchos, promocionasen partidas de póker, casinos o apuestas. Y siguieron en mayo, cuando se proscribió la publicidad on-line de este tipo de empresas y cuando también se prohibió la inclusión en los anuncios, o en cualquier otro instrumento de captación de jugadores, de bonos promocionales. Ambas acciones quedaron relegadas a sus propias web y a los clientes ya registrados.
El período transitorio para la aplicación de la reforma tenía también una motivación jurídica. Perseguía dar tiempo suficiente a las empresas para transformar de manera ordenada el mercado y evitar así los recursos por indefensión contra el duro capítulo sancionador que incorpora. Los incumplimientos del decreto se consideran infracciones graves y los responsables puedan ser castigados con multas de 100.000 a un millón de euros y con la suspensión de actividades por hasta seis meses.