La sentencia permitirá el bloqueo automático de los dominios que ofrezcan contenidos ilegales deportivos sin necesidad de orden judicial
04 ago 2022 . Actualizado a las 17:21 h.LaLiga anunció que el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Barcelona ha resuelto a su favor la demanda conjunta presentada con Movistar Plus+ y les habilita para poder bloquear semanalmente el acceso a dominios que facilitan la piratería de contenidos de LaLiga.
La sentencia del 25 de julio pasado establece que esta medida de protección es necesaria, ya que se detectan «numerosos casos de piratería digital que afectan de forma flagrante la explotación de sus derechos» con «distintos modelos de piratería de contenidos audiovisuales en Internet (especialmente de contenidos deportivos)».
En concreto se refiere a la denominada medida «de bloqueo dinámica», que no se aplicará de una forma puntual, sino semanalmente con las nuevas identificaciones de URL, dominios y direcciones IP, sin necesidad de comunicarlas previamente al juzgado.
Operativa desde la semana del 8 de agosto antes del comienzo de la competición de liga el día 12, la sentencia estará vigente hasta la temporada 2024-2025.
LaLiga recordó que este fallo judicial está en la línea con otros de juzgados de lo Mercantil de Madrid (nº7) y Barcelona (nº 6), emitidos en febrero del 2020 y diciembre del 2021, respectivamente, que habilitaron un mecanismo de protección similar.
«De este modo se avanza en la consolidación de una jurisprudencia que refuerza las herramientas legales para combatir la piratería respecto a la sostenibilidad de la explotación de contenidos de LaLiga», señaló.
El organismo también comunicó que Movistar Plus+ ha ganado otra sentencia en línea con la anterior, de modo que los operadores de telecomunicaciones de acceso a Internet en España tienen que bloquear semanalmente el acceso a dominios que facilitan la piratería de contenidos audiovisuales de la plataforma.
Siete condenados a entre 9 y 23 meses de cárcel por piratear televisión
La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a siete personas a penas que oscilan entre 9 y 23 meses de cárcel y pagar una indemnización conjunta de 215.000 euros, por delitos contra la propiedad intelectual, cometidos al piratear la señal y ofrecer servicios de televisión de pago para enriquecimiento propio.
Aunque contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el juicio los condenados reconocieron los hechos y mostraron su conformidad con las penas acordadas con el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares, según la sentencia difundida este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La indemnización de 215.000 euros, de la que los condenados han abonado ya 124.000 euros, la recibirán la productora Mediapro, líder del mercado audiovisual europeo, y Egeda (Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales).
Los condenados son cuatro hombres y dos mujeres naturales de las provincias de Zamora, Córdoba, Valencia, Cartagena (Murcia), Málaga y Madrid, y otro hombre más de Rumanía, que según los cálculos de la policía habrían causado un perjuicio de 9,6 millones de euros por los servicios audiovisuales pirateados que ofrecían.
La resolución judicial ha considerado probado que el pirateo de la señal se produjo al menos entre enero de 2018 y octubre del 2019.