
Las nuevas obligaciones, que por el momento no afectan a los vapeadores, entrarán en vigor en un máximo de tres meses
29 ene 2024 . Actualizado a las 12:54 h.El Consejo de Ministros acordó este martes equiparar en España la regulación de los cigarrillos electrónicos con la que rige a los productos del tabaco tradicional y, por lo tanto, le impone al tabaco calentado las mismas restricciones y obligaciones que ya cumplen desde hace años las cajetillas y los envases de picadura para liar.
Las nuevas restricciones y obligaciones no serán aplicables por el momento a todos los dispositivos de vapeo que existen en el mercado sino solo a los que incluyen nicotina entre sus componentes. No obstante, el Ministerio de Sanidad ya trabaja en una futura reforma legal más amplia con la que quiere extender los límites de fabricación, presentación, comercialización y consumo del tabaco a todos los productos del vapeo, incluyan nicotina o no, algo que le reclaman desde hace años especialistas sanitarios, sociedades científicas y organizaciones que luchan contra las adicciones juveniles.
El real decreto que se aprueba hoy acaba con las excepciones que durante años han beneficiado a los cigarrillos electrónicos. En primer lugar, prohíbe que el tabaco calentado pueda contener sabores o aromas adicionales, muy frecuentes hoy en algunas comercializaciones. Y en segundo, exigirá que todos estos productos incluyan en sus envases y presentaciones los mismos mensajes y advertencias sobre el grave riesgo para la salud de los ciudadanos que supone su consumo que el resto de del tabaco.
Las nuevas obligaciones para el sector de los vapeadores con nicotina entrarán en vigor en un plazo de tres meses.
Las nuevas exigencias entrarán en vigor en la segunda mitad del próximo mes de abril, en un plazo límite de tres meses desde que, en pocos días, el texto legal aprobado este martes sea publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El decreto amplía al cigarrillo electrónico la prohibición de comercializar productos del tabaco con aroma característico o que contengan aromatizantes en sus componentes (como filtros, papeles para fumar, envases o cápsulas). También proscribe cualquier otra técnica que permita modificar el olor y sabor de los productos del tabaco o intensificar el humo a los productos del tabaco calentado, al tiempo que impide que los filtros, los papeles o las cápsulas puedan contener tabaco o nicotina.
De igual manera, la modificación legal retira la excepción de la que hasta hora gozaban los vapeadores de nicotina, que no tenían que incluir en sus envoltorios las severas advertencias para la salud personal que van impresas desde hace un lustro en los paquetes de cigarrillos.
«70 sustancias cancerígenas»
La nueva regulación explica que tanto las unidades de envasado del tabaco calentado como su embalaje exterior deberán incluir las fotografías a color de la biblioteca de imágenes del real decreto de 2017, las que muestran entre otras lesiones causadas por este hábito pernicioso pulmones necrosados por el humo y la nicotina, bocas desdentadas o pacientes con insuficiencia respiratoria conectados a mascarillas o traqueotomías. Los mismos envoltorios deberán incluir en gran tamaño y bien visibles contundentes y claros textos sobre los estragos que causa la nicotina y, en concreto, el mensaje: «El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas».
La razón de que el real decreto de hoy no haya sido aprovechado para realizar una limitación de la comercialización y uso de vapeadores más ambiciosa es que se trata de la transposición urgente de una directiva europea a la legislación española. Se traspone la directiva 2022/2100 sobre tabaco calentado que ya debería de haber sido aprobada por el Consejo de Ministros en julio de 2023 como muy tarde y que tendría que haber entrado en vigor en la segunda mitad de octubre pasado. Sin embargo, el adelanto de las elecciones generales dictado en mayo y los posteriores casi seis meses de Ejecutivo en funciones hicieron imposible cumplir antes con los plazos límite comunitarios.
Más restricciones en cartera
No obstante, el departamento que dirige Mónica García se ha comprometido a impulsar y aprobar lo antes posible un un plan integral contra el tabaquismo que podría incluir fuertes subidas de todos los productos derivados y nuevos espacios públicos en los que estaría prohibido o muy limitado su consumo, como pueden ser las terrazas de bares y restaurantes, las instalaciones y estadios deportivos, las playas e, incluso, el interior del vehículo privado, al menos en algunas situaciones. Este plan, lo que también está previsto que recoja, es la extensión de las limitaciones, obligaciones y prohibiciones de los productos del tabaco a los vapeadores sin nicotina.
La mayor parte de los expertos consideran que estos dispositivos electrónicos, lleven o no nicotina, además de suponer la inhalación regular de sustancias potencialmente lesivas para la salud, se han convertido en la puerta de entrada de los adolescentes y jóvenes españoles al consumo de tabaco tradicional. El último informe de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional de Drogas indica que el 25% de los niños españoles de 12 y 13 años han usado vapeadores y que a los 13 años el 14,5% los usa con regularidad.