El Poder Judicial da el visto bueno al anteproyecto de ley para proteger a los menores en internet
SOCIEDAD
Considera «muy positiva» la introducción en el Código Penal del alejamiento virtual
13 nov 2024 . Actualizado a las 18:01 h.El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó este por unanimidad el informe sobre el anteproyecto de ley orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales. Este dictamen se adecúa a los compromisos internacionales asumidos por España, así como a la normativa constitucional y legal y a la jurisprudencia.
La norma proyectada, de carácter integral y transversal, incluye medidas orientadas a mejorar la información con respecto a los riesgos y los beneficios del uso de los dispositivos digitales por parte de las personas menores de edad; a consolidar la prevención y la asistencia a las adicciones; y a reforzar la efectividad de los mecanismos de control para evitar el acceso de niños, niñas y adolescentes a contenidos inapropiados para su edad.
Pena de alejamiento virtual
El anteproyecto introduce en el Código Penal la prohibición de acceso o de comunicación a través de redes sociales, foros, plataformas o cualquier otro espacio virtual. Si bien la Sala Segunda del Tribunal Supremo ya admitió en el 2022 la posibilidad de aplicar la pena de alejamiento no solo a lugares físicos, sino también al entorno digital, el Pleno del CGPJ considera muy positiva su regulación normativa, hasta ahora inexistente. Un juez podrá suspender en determinados casos la pena de prisión poniendo como condición la no comunicación a través de internet.
El texto también aborda las ultrafalsificaciones —deepfakes—, que se integra como delito contra la integridad moral de las personas. Será agravado cuando el autor sea el cónyuge o una persona unida a la víctima por una relación de afectividad análoga.
Además, el informe incluye una serie de tipos agravados relacionados con el uso de identidades falsas como medio para facilitar la comisión de delitos contra menores de edad o personas con discapacidad. La finalidad de esta reforma es tutelar los intereses de niños, niñas y adolescentes ante la gran preocupación existente por el acceso de los y las menores a contenidos pornográficos que pueden afectar a su desarrollo afectivo y a su concepción de las relaciones sexuales.
Perfil en redes, a partir de 16
El anteproyecto incluye un sistema de verificación de edad de los usuarios, en relación con los contenidos que puedan causar un perjuicio a las personas menores de edad, como la violencia gratuita o la pornografía, y eleva de 14 a 16 años la edad para consentir el tratamiento de datos personales, lo que supone adecuar la legislación nacional a la normativa europea.
Esto en la practica supone que con 15 o menos años no se podrá tener un perfil en redes sociales. Se trata de una modificación general de la edad en materia de protección de datos, una solución que el informe del CGPJ considera que favorece la seguridad jurídica al evitar que se establezcan regímenes especiales según el tipo de tratamiento de datos.