El encargado del establecimiento deberá indemnizar a una trabajadora El Tribunal Supremo ratificó una sentencia condenatoria contra un supermercado de la calle Rosalía de Castro y su encargado. Una trabajadora había demandado al jefe del negocio por supuesto acoso sexual. La sala obliga a la firma y al superior a indemnizar con 200.000 pesetas (1.202,02 euros) a la víctima. El juzgado de lo Social y del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ya habían resuelto a favor de la mujer y dichos fallos fueron recurridos sin éxito.
21 dic 2001 . Actualizado a las 06:00 h.Ya es sentencia firme. El Tribunal Supremo acaba de resolver a favor de una empleada de la cadena gallega de supermercados Gadis de la calle Rosalía de Castro. De este modo, la última instancia judicial desestima el recurso presentado por los demandados contra una resolución del TSXG que era favorable a la víctima. Éstos alegaron en que los fallos judiciales del juzgado de Social y del TSXG resultaban contradictorios entre sí por lo que presentaron sendos recursos amparándose en la unificación de la doctrina. Sin embargo, el Supremo no admitió el recurso. La empleada, quien no llegó a ser despedida, había denunciado que sufría acoso sexual por parte del encargado del supermercado y consideró lesionados sus derechos fundamentales. El fallo a su favor fue confirmado en tres procesos judiciales. La representante legal de la demandante lamentó que «la cifra de la indemnización es demasiado reducida». La letrada representará en breve a otra empleada en un juicio por rescisión improcedente de contrato. Supuestamente, la mujer sufrió acoso sexual y luego fue despedida.