Debe devolver el coche de su difunto novio a los padres de él que le legó en un papel escrito a máquina

e. v. pita VIGO / LA VOZ

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Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo.
Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo. M.MORALEJO

Un juez de Vigo dice que para que fuese un auténtico testamento ológrafo el donante lo tendría que haber escrito y firmado de su propia mano

16 ene 2024 . Actualizado a las 00:33 h.

La Sexta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, en una sentencia del 2 de noviembre del 2023, obliga a una mujer a devolver el coche de su novio fallecido a los padres de él. Ella insistía en que él se lo había legado en un testamento ológrafo (escrito a mano y firmado por el propio testador) pero el juez rechaza ese argumento porque dicho documento no alude a tal vehículo y tampoco se trata de un testamento ológrafo «porque está escrito a máquina».

El tribunal vio otras contradicciones en la novia, como decir luego que se lo habían donado los padres él o que era una cesión gratuita, pero luego dijo que no tenía el coche y no sabía dónde estaba.

El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Vigo, en una sentencia de mayo del 2023, condenó a la novia a devolver y hacer entrega del vehículo Renault Megane con las llaves y toda la documentación original a los padres del fallecido. El juez la condenó, además, a pagar las costas del juicio. Vio probado que el vehículo reivindicado por el matrimonio les pertenecía como herederos de su hijo fallecido, que era el anterior titular, y que la demandada no había presentado título alguno que avalase su retención.

La novia apeló a la Audiencia. Alegó que tenía pruebas que avalaban la cesión a título gratuito del vehículo a su favor, puesto que, aunque no conste documentada en escritura pública sí lo hace la voluntad del matrimonio en cedérselo y ella en aceptarla, por lo que todos habían quedado vinculados por la buena fe. Recordó que el vehículo siempre estuvo en su poder desde el fallecimiento de su novio. Aportó como prueba de aquella voluntad de cesión gratuita un mensaje por WhatsApp que le envió la hermana del fallecido. El hecho de que viniera disfrutando del vehículo revelaba que se lo habían donado.

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Los padres replicaron que la novia de su hijo fallecido se contradijo a lo largo de su contestación a la demanda porque comenzó por afirmar que su novio se lo legó en testamento, después que se lo cedieron los padres de él gratuitamente o no tenerlo en su poder. Recordaron que, a pesar de lo que diga la hermana del difunto por WhatsApp, esta no puede sustituirles a ellos en la cesión del vehículo porque su mera declaración no permite el cambio de titularidad. Añade que la familia nunca lo ha cedido de ninguna manera y se lo ha requerido a ella siempre desde diciembre del 2022. Su hija manifestó en el juicio que sus padres seguían pagando el seguro y el impuesto de circulación porque no se llegó a ningún acuerdo con ella y, simplemente, toleraron que lo tuviese pero sin que eso le otorgue la propiedad.