El Supremo confirma la sentencia contra Stellantis que le obligaba a pagar 30.000 euros a la CUT

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Imagen de archivo de la entrada de Stellantis Vigo, antigua PSA Peugeot Citroën
Imagen de archivo de la entrada de Stellantis Vigo, antigua PSA Peugeot Citroën M.MORALEJO

Ha declarado firme el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

13 jun 2024 . Actualizado a las 13:28 h.

La sentencia que condenaba a Stellantis Vigo, antigua PSA Peugeot Citroën, a pagar 30.000 euros a la CUT por vulnerar su «libertad sindical» ya es firme. El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por la multinacional y por tanto ratifica el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. 

Stellantis intentó a través del Supremo presentar un recurso asegurando que había «disparidad de criterios» al respecto de los hechos juzgados. Además, la empresa expuso otra serie de motivos por los que consideraba que tendría que declararse nula la sentencia. Sin embargo, el Supremo no ha admitido el recurso, declarando firme el fallo del TSXG.

En el fallo se condenaba a la fábrica de Balaídos a una sanción de 30.000 euros por tres vulneraciones de la «libertad sindical». En concreto, la sentencia declaró nulo el acuerdo individual de teletrabajo y acreditó tres vulneraciones a la libertad sindical por las que la empresa tiene que indemnizar a la CUT con dicha cantidad.

La CUT, según recoge Europa Press, ha celebrado esta ratificación y lamentado la «clara política antisindical» de la empresa contra el sindicato. Además, ha denunciado «el ninguneo continuado al que pretende someter al sindicado, ocultando continuamente la información indispensable para poder actuar en la defensa de los trabajadores y limitando la acción sindical, al que ahora y una vez más con esta nueva sentencia, le pone freno el Supremo». La CUT ha recordado que el fallo ratifica que el acuerdo de teletrabajo que fue «impuesto unilateralmente» por la empresa es «nulo», pese a que contó con el «silencio cómplice de SIT, UGT y CC.OO.».