Sentencia pionera en Vigo que explica con palabras sencillas a un discapacitado que ha logrado una pensión de orfandad que le denegó la Seguridad Social

E. V. Pita VIGO

VIGO

El juez decano, German Serrano
El juez decano, German Serrano Oscar Vázquez

El juez habló de «tú a tú» al demandante porque usó el sistema de adaptación a lectura fácil, pensado para personas con discapacidad intelectual o similar

04 dic 2024 . Actualizado a las 01:13 h.

«Tú tienes derecho a recibir la pensión de orfandad». Con estas palabras tan claras y sencillas, el juez le daba la buena noticia a un discapacitado intelectual de que había ganado su caso contra la Seguridad Social y tenía derecho a cobrar la pensión de orfandad por la que llevaba años pleiteando en los tribunales.

El Juzgado de lo Social número 2 de Vigo ha dictado una sentencia pionera en la ciudad al utilizar el sistema de adaptación a lectura fácil. Se trata de que la persona a la que va dirigido el escrito entienda en lenguaje de la calle lo que dice el juez, sin jerga técnica que sería ininteligible para el usuario. En este caso, era un discapacitado que reclamó la pensión de orfandad que le denegó la Seguridad Social.

La idea es que las resoluciones judiciales sean accesibles a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo o con dificultades en la comprensión lectora. 

El magistrado titular de dicho juzgado, Germán Serrano Espinosa, juez decano de Vigo y delegado de discapacidad de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), ha hecho uso del servicio de adaptación. 

Los escritos son adaptados por técnicos de la Federación Gallega de Asociaciones en favor de las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo (Fademga), con el objetivo de mejorar el acceso a la Justicia de las personas con discapacidad intelectual. 

El magistrado ha destacado la importancia de que la Administración de Justicia sea inclusiva y comprensible para la ciudadanía. 

El juez de Vigo ha resuelto sobre una demanda presentada por una persona con una discapacidad reconocida del 72 % contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por denegarle la pensión de orfandad alegando que no estaba incapacitada para trabajar. 

En el fallo, el juez decreta que tiene derecho a percibir la pensión porque entiende acreditado que cuando falleció su padre, en 2023, el demandante ya no estaba capacitado para trabajar. 

La sentencia está dividida en varias partes, bajo los siguientes títulos: ¿qué es este documento?, ¿por qué presentaste una demanda en el juzgado?, ¿qué hizo el juez para tomar sus decisiones?, ¿qué dicen todos estos documentos sobre ti?, ¿qué explica el juez en esta sentencia?, ¿qué decisiones explica el juez?, ¿qué pasa si no estás de acuerdo con esta sentencia? 

 Lenguaje muy sencillo

En un lenguaje muy sencillo, el juez se dirige de tú a tú para explicar a dicha persona con diversidad funcional las decisiones que ha tomado. 

«Después de revisar toda la documentación, el juez decide estas 5 cosas. Todos los documentos demuestran que cuando falleció tu padre tú ya no tenías la capacidad suficiente para trabajar. Tú tienes derecho a recibir la pensión de orfandad porque cuando falleció tu padre en el año 2003 ya no estabas capacitado para trabajar», explicó el magistrado en su sentencia. 

El juez también le comunicó, con palabras sencillas, que le pidió a Fademga Plena inclusión Galicia que adaptase tu sentencia a lectura fácil. Le aclaró que esa oenegé es un grupo de asociaciones que ayudan a personas con discapacidad intelectual y a sus familias.