La Justicia avala el decretazo del alcalde de Gondomar para aprobarse el sueldo

Monica Torres
m.torres GONDOMAR / LA VOZ

GONDOMAR

ALEJANDRO MARTINEZ MOLINA

No hace falta el filtro del pleno porque se mantiene la estructura del 2019

23 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

La Justicia da la razón al alcalde de Gondomar, Francisco Ferreira, y considera ajustada a derecho la aprobación por decreto de la distribución de competencias y salarios para su gobierno en minoría que firmó el 12 de julio del año pasado. El regidor socialista sacó su propuesta salarial adelante sin la celebración de pleno de organización con un decreto que carecía de informe de inspección por parte de la Secretaría del Concello, para sorpresa de la oposición. El PP acudió a los juzgado al considerar que Francisco Ferreira estaba usurpando las competencias de la corporación municipal. El Contencioso Administrativo número 2 de Vigo admitió a trámite el recurso, tanto contra el decreto de aprobación de salarios como contra el que el alcalde firmó el 30 de agosto desestimando los procedimientos de reposición interpuestos por los populares el 31 de agosto.

Ferreira sostuvo entonces que el informe de intervención «no era perceptivo» y que podía prescindir de él. Con una sola firma resolvió en julio un problema al que se enfrentaron otros alcaldes del área que salieron de las urnas el 28 de mayo y que no pudieron sacar adelante la distribución de dedicaciones y salarios durante semanas, al no tener respaldos suficientes.

«No hay fundamento para alzar un recurso de reposición, es todo completamente legal», defendió entonces Ferreira. «La interventora es favorable al decreto, por eso lo ha autorizado», concluyó.

Así también lo considera el juzgado, que desestima los recursos presentados por la concejala popular Paula Bouzós en una sentencia del 21 de marzo contra la que aún cabe la apelación, si se recurre antes de quince días.

Es un tema sustancioso hasta para la Justicia. «El fondo objeto de la controversia nos plantea una interesante cuestión», advierte la propia sentencia ya que se trata de resolver, si es posible, aprobar por decreto las dedicaciones «cuando en principio y final, tal competencia se atribuye al pleno por el Real Decreto que aprueba el Reglamento, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales». «Debemos buscar respuesta a la pregunta de si un acuerdo plenario tiene vigencia limitada hasta el final del mandato en el que se acuerda o, por el contrario, sus efectos se despliegan hasta que no sea revocado, modificado o sustituido por otro, con posibilidad de aplicación a situaciones que guarden entidad», reflexiona el juez en los fundamentos del auto. La conclusión es que será y, en este caso es, conforme a Derecho, porque los decretos se apoyan en un acuerdo plenario precedente, aunque date de otro mandato, y se respeta la estructura de esas dedicaciones exclusivas y parciales así como sus retribuciones. En las resoluciones del regidor por decreto, estima el juzgado, «hemos verificado que no existe discordancia entre lo propuesto por la alcaldía, lo informado por secretaría e intervención y lo aprobado por el pleno en el año 2019 y lo aprobado por la alcaldía en el 2023, que viene a ser una suerte de renovación de la estructura orgánica y retributiva de lo ya acordado entonces».

Considera pues que Ferreira ha mantenido el número y contenido de las dedicaciones así como su retribución bruta anual, que es de 50.000 euros a percibir en catorce pagas. La sentencia tampoco considera que falten informes de secretaría e intervención «ya que solo eran preceptivos si la propuesta tuviera que ir a pleno, y no ha sido el caso porque se mantiene la estructura aprobada por el pleno en el 2019». Mediante ese decreto, además de su salario, se aprobaron cuatro dedicaciones exclusivas de 32.000 por cabeza para los concejales Iria Lamas, Nuria Lameiro, Brais Misa y Rocío Deslinda Goberna así como una parcial para José Manuel Chamorro.

El decretazo de Ferreira suscitó una gran controversia entre homólogos también en minoría.