La Audiencia absuelve a Julio Alén del delito de prevaricación

Luis Carlos Llera Llorente
luis carlos llera MONDARIZ / LA VOZ

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El exalcalde de Mondariz, inocente tras 5 años bajo el punto de mira de la Justicia

04 jun 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El exalcalde de Mondariz, el popular Julio Alén, acogió ayer con alborozo la sentencia de la Audiencia Provincial que le absuelve del presunto delito de prevaricación del que le había acusado el fiscal. El juicio se celebró el pasado 25 de mayo en Pontevedra. Alén había sido procesado por presuntas irregularidades en las obras de unas pistas deportivas. El fiscal vio indicios de delito y pidió para él siete años de inhabilitación para empleo o cargo público.

El caso se remonta al año 2010 y deriva de un escrito presentado por la fiscalía por miembros del BNG partido al que pertenecía entonces el actual alcalde de Alternativa por Mondariz. Alén manifestó que «Calis (el actual alcalde, primo y rival político de Julio Alén) y la teniente de alcalde han judicializado la política para llegar al poder y eso es muy triste».

El regidor agradeció a familiares y amigos que «han estado a mi lado y nunca han dudado de mi inocencia a lo largo de cinco años en los que se me acusó de todo. Estoy tremendamente satisfecho»

También ha resultado absuelto el arquitecto municipal contratado por el Concello, Adriano do Carmo Fernández para el que el fiscal pedía, por el supuesto delito de falsedad documental, una pena de tres años y seis meses de prisión y una multa de diez meses con una cuota diaria de 25 euros. Los hechos objetos de litigio fueron la reforma de unas pistas deportivas en el lugar de A Val, donde se encuentra la playa fluvial del municipio.

El Concello solicitó una subvención a la Xunta de casi 40.000 euros para hacer la obra y el fiscal sostuvo que se produjo un engaño. Durante el juicio el exalcalde explicó que el Ayuntamiento pidió dinero para una reforma por lo que no se produjo ninguna falsedad.

Los magistrados señalan que se acusó al alcalde de prevaricación por ser alcalde de Mondariz en aquel momento «sin que se diga qué decreto en cuestión fue el arbitrario ni en qué consistió su actitud prevaricadora».

La sentencia señala que «al no constar en la causa la solicitud inicial de la subvención no hay indicios de que la petición lo fuera para realizar una obra nueva o para rehabilitar la ya existente. En todo caso el decreto de convocatoria permitía ambas posibilidades».

Cuando se produjo la denuncia y el caso saltó a la opinión pública la Secretaría Xeral para O Deporte exigió al Concello la entrega de la subvención concedida. Los magistrados le dan un tirón de orejas a la Xunta: «que la consellería actuó de forma poco rigurosa queda acreditado con el hecho de que en primer lugar concedió al subvención sin estudiar en profundidad la solicitud y posteriormente la revocó alegando la existencia de ambigüedad en la solicitud que no estudió previamente». En cualquier caso «no se puede determinar que ninguna de las actuaciones constituyeran prevaricación».