Confirman 31 meses de cárcel al empresario Eusebio Novas, vinculado a Hiperxel

e. v. pita VIGO / LA VOZ

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El plan de empresa del Puerto apuesta por llevar el tren a Bouzas
El plan de empresa del Puerto apuesta por llevar el tren a Bouzas M.MORALEJO

La Audiencia en Vigo le rebajó 6.250 euros la multa por delito fiscal al empresario y a la sociedad Ucaglobal porque la considera desproporcionada

06 oct 2023 . Actualizado a las 19:28 h.

La quinta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, estimó parcialmente el recurso presentado por Eusebio Novas, empresario vinculado a Hiperxel, y revocó parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo que lo condenó en marzo a 31 meses de cárcel. La sala acuerda que la multa que debe abonar tanto la empresa Ucaglobal SA como el empresario por el delito contra la Hacienda Pública es de 18.750 euros, único extremo en el que le revocan la sentencia, y se mantiene lo demás. Son 6.250 euros menos. Consideran que la sanción fue «desproporcionada» si se compara con las penas de cárcel, que bordearon los mínimos. La resolución no es firme y cabe interponer recurso de casación.

En esta trama, la Audiencia coincide con la jueza en que Eusebio Novas era el administrador de hecho y ejercía el control de toda la operativa en esas empresas y era el apoderado y autorizado en las cuentas bancarias. Manejaba los hilos con discreción y tenía a testaferros al mando de su entramado de empresas, las cuales estaban emitiendo facturas entre sí por los gastos en la construcción de una nave frigorífica en Bouzas, en Vigo, que no existía.

La jueza de lo penal, en su día, condenó a Ucaglobal como autora de un delito contra la Hacienda Pública en el 2015 en grado de tentativa en relación con el IVA a 25.000 euros de multa y 2 años y medio de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones, ayudas públicas o incentivos fiscales.

Por su parte, el empresario fue condenado a 9 meses de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública en grado de tentativa y 25.000 euros de multa, y 2 años y medio de pérdida de ayudas públicas, y 22 meses de cárcel por un delito de falsedad en documento mercantil y una multa de 1.620 euros.

A todo ello, se suma que el empresario Novas y Ucaglobal fueron condenados a indemnizar a Hacienda con 26.289 euros por las cuotas tributarias defraudadas.

En su día, la juez vio probado que la sociedad Ucaglobal, constituida en Ourense en mayo del 2013 por dos testaferras, para el suministro de equipos a buques. En el 2014, se trasladó su domicilio social al muelle de reparaciones de Bouzas, en Vigo. En el 2015, transmitieron las participaciones sociales a Pescados Castro Varela, pasando a ser su administradora Ucaglobal. Una de las testaferras pasa a ser trabajadora asalariada y cobra a comisión y otro implicado finge ampliar sus actividades a la compraventa de pescado, emitiendo y recibiendo facturas que no se corresponden a ninguna actividad real y que están exentas de IVA porque son operaciones intracomunitarias o con destino a Canarias. Según la magistrada, la intención fue el originar unas cantidades de IVA soportado superiores al repercutido y obtener así unas devoluciones a las que no tendría derecho. Se inventaron adquisiciones de pescado con seis facturas que iban desde los 25.000 a los 320.000 euros, de las que generaban un 10 % de beneficios por el IVA devuelto. 

A la empresa Look Ahead Investments le pasaron tres facturas para equipos de climatización, cámaras de frío y equipamientos de la nave de Bouzas, por 66.487 euros una de ellas (y 13.962 de IVA), así como otras de 110,202 euros y 66.800.

A Escribas de Girdon le pasaron una factura de 65.000 euros por un suministro de estructura metálica para la construcción de una nave de frío.

También hubo otra factura de 52.000 euros por prestación de mano de obra de una nave frigorífica, y otras cinco de Ucaglobal a dos empresas de Portugal y una cárnica de Caldas, que tenía sede en Canarias.

A consecuencia de estas operaciones, Ucoglobal logró devoluciones de 28.088 euros en cuatro meses del 2015 y dejó de ingresar 638 euros. Luego pidió la devolución de 107.239 euros a Hacienda pero no llegó a hacerse efectiva porque la Agencia Tributaria descubrió que se trataba de una facturación fingida. Otra devolución de 2.439 euros fue paralizada por Hacienda al ver irregularidades.

Según la jueza, Eusebio Novas ostentaba el control de toda esa operativa en la que participó de modo deliberado, a pesar de que no aparecer como administrador, en cuanto conjuntamente con otro implicado, adquirió Ucaglobal, de la que era apoderado y autorizado en cuentas bancarias y al propio tiempo era administrador de hecho, apoderado y autorizado en las cuentas de Look Ahead Investiments, Escribanos de Gordon, Nogasa e Distribuciones Cárnicas de Caldas y socio y gerente de Latitupopeia.

El empresario Novas apeló en la Audiencia y se quejó de que la jueza de lo penal  en el juicio no practicó unas testificales porque no comparecieron los testigos, por lo que pidió la nulidad de las actuaciones. La Audiencia replica que lo propio sería solicitar la práctica de la prueba pero no su nulidad y desestima su pretensión. Añade que la prueba que se proponía era totalmente irrelevante.

Otra de las quejas es que vio un error en la valoración de la prueba porque la jueza concluyó que él ostentaba el control de la operativa de modo deliberado, a pesar de no aparecer como administrador. La Audiencia le replica que, por los datos que tienen, que él ponía el dinero en Ucaglobal y manejaba la empresa y que un testigo decidió marcharse cuando empezó a ver cosas raras. A ello se suma que los técnicos de la Agencia Tributaria dieron cuenta en el juicio de todo el entramado defraudatorio. Para la Audiencia, la única conclusión razonable es que Eusebio Novas era el que ostentaba la administración de hecho. Además, otros acusados absueltos eran sus hombres de paja.

Eusebio Novas también se quejó de las dilaciones indebidas (retraso judicial). La Audiencia replica que la causa se inició en mayo del 2020 y no se observó ni concreta paralización alguna justificada y el juicio se celebró en enero del 2023, dentro de los plazos habituales.

Añade la Audiencia, en una sentencia del 31 de julio y conocida ahora, que la jueza impuso penas de cárcel muy próximas al mínimo legal pero la multa del delito fiscal la considera desproporcionada, si se compara con las de prisión. Por ello, rebajan la multa de 25.000 a 18.750 euros, lo que también favorece a Ucaglobal.