La Audiencia Nacional rechaza el recurso del abogado Gonzalo Boye y mantiene su competencia para juzgarle por blanqueo del narcotráfico

VIGO

Gonzalo Boye acompaña a Carles Puigdemont en Bruselas.
Gonzalo Boye acompaña a Carles Puigdemont en Bruselas. Javier Albisu

El letrado de Carles Puigdemont se enfrenta a una petición de cárcel de nueve años y nueve meses por, presuntamente, blanquear con documentos falsos 889.470 euros decomisados por la Policía Nacional a un ciudadano colombiano que trabajaría para Miñanco

29 oct 2023 . Actualizado a las 16:56 h.

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha desestimado un recurso del abogado Gonzalo Boye en el que sostenía la falta de competencia de este órgano judicial para enjuiciarle por un delito de blanqueo de capitales en relación con la operación Mito, la presunta introducción en España de casi cuatro toneladas de cocaína dirigida por José Ramón Prado Bugallo, alias Sito Miñanco, y el entramado creado para ocultar los beneficios obtenidos. La Fiscalía Antidroga atribuye al abogado los delitos de blanqueo y falsificación de documentos, y le pide nueve años y nueve meses de cárcel. Él ha negado siempre los hechos y los ha relacionado con una persecución del Estado por sus vínculos con el independentismo catalán y su papel de letrado de Carles Puigdemont o Joaquim Torra

En concreto, Boye está acusado de diseñar con documentación falsa la estrategia para blanquear 889.470 euros  decomisados por la Policía Nacional a un ciudadano colombiano que presuntamente trabajaba para Miñanco y que este habría obtenido con el tráfico de cocaína.

En un auto, la Sala de Apelación confirma la resolución dictada el pasado 26 de julio por la Sección Tercera de la Sala Penal en la que desestimaba un artículo de previo pronunciamiento en el que el letrado pedía que se estimara la excepción de cosa juzgada y la declinatoria de jurisdicción. Los magistrados explican que si bien la ley no contempla la competencia de la Audiencia Nacional para los delitos de blanqueo de capitales, sí la establece cuando exista conexidad con otros delitos cuya investigación se atribuya a este tribunal.

En este sentido, apunta la resolución que, tal y como expone la Fiscalía Antidroga en su escrito de acusación, en línea con el auto de procesamiento de la juez de instrucción, las operaciones llevadas a cabo por Boye son acciones dirigidas por Prado Bugallo para recuperar un dinero intervenido en el aeropuerto de Barajas el 6 de febrero de 2017. Unos hechos por los que el Ministerio Público acusa al abogado de un delito de blanqueo de capitales, cometido en el seno de una organización criminal, procedente del narcotráfico, en concurso con un delito continuado de falsificación de documento oficial. 

 «Por todo ello, una vez fijado el objeto del proceso en los términos expuestos, la conexidad entre los hechos por los que se acusa a Gonzalo Boye Tuset y el eventual delito antecedente contra la salud pública se hace evidente, según el Ministerio Fiscal, y queda atribuida la competencia a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional», explica el auto, contra el que puede presentarse recurso de casación ante el Tribunal Supremo.