El juez cierra de nuevo la instrucción del Alvia con el maquinista y un cargo del ADIF como imputados
Galicia
Les atribuye 80 homicidios imprudentes y 144 delitos de lesiones. La causa se reabrió en noviembre por la denuncia del borrado de averías de un exempleado de Talgo, pero el juez cree que no hay pruebas que lo demuestren y que, en cualquier caso, no tendrían incidencia en el accidente
22 Sep 2020. Actualizado a las 20:58 h.
Casi un año después de que se reabriera la investigación del accidente ferroviario de Santiago por la denuncia del borrado de averías del Alvia de un exempleado de Talgo, el juez Andrés Lago Louro ha decidido volver a cerrar la causa, al no encontrar indicios suficientes para seguir investigando estos hechos, que en su opinión no tuvieron «incidencia causal en el accidente». Así, defiende en un auto que la causa se siga contra el maquinista, Francisco José Garzón Amo, y el que era el director de Seguridad en la Circulación cuando se puso en servicio la línea, Andrés Cortabitarte. A ambos se les imputa 80 delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y otros 144 delitos de lesiones, también por imprudencia grave. En el auto se da un plazo de diez días a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral o el sobreseimiento, así como la práctica de diligencias que se consideren imprescindibles para formular la acusación. En cualquier caso, será la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, la que tenga la última palabra, pues ya frenó en dos ocasiones la apertura del juicio oral al considerar que era necesario seguir investigando.
La última vez fue el pasado 7 de noviembre y tuvo que ver con la denuncia presentada por la plataforma de víctimas del Alvia, que aportaron el testimonio de un exempleado de Talgo que refería una supuesta manipulación del registro de averías del tren horas después del suceso, algo que el fabricante negó tajantemente. Entonces la Sala consideró que resultaba «ineludible» investigar los hechos expuestos por el extrabajador de Talgo, «tanto por lo que se refiere a la supuesta destrucción de pruebas como a la situación en que se hallaba el tren y su posible relación con el accidente, que ha sido uno de los objetos principales de la investigación».
Además de las declaraciones de cargos de Talgo y del denunciante, el juez encargó un informe pericial para conocer qué había de verdad en la denuncia. Lo curioso es que el ingeniero José Manuel Lamela dictaminó que habría que proponer más actuaciones judiciales para saber quién decía «la verdad» y quién «miente» sobre la supuesta orden de borrado de averías del Alvia siniestrado en Angrois. «Con el análisis de las declaraciones de los cuatro testigos no es posible establecer qué parte de las afirmaciones de cada uno de ellos es o no verdad, por lo que habría que proponer otro tipo de actuaciones que permitiesen, si es posible, determinar cuál o cuáles de ellos se ajustan a la verdad», aseguraba en el informe.
El juez cree que no existen pruebas de la manipulación del registro de averías e, incluso en el caso de que existieran, asume que «no han tenido incidencia causal en el siniestro», amparándose en el dictamen del perito, que concluye que el Alvia salió de los talleres «apto para ser utilizado».
Contra los dos investigados, que con esta decisión se encaminan hacia el juicio oral, se mantienen los argumentos del anterior cierre de la causa. En el caso del maquinista, el juez percibe una imprudencia profesional al no reducir la velocidad del convoy antes de encarar la curva de Angrois, donde se produjo el descarrilamiento. A Andrés Cortabitarte le atribuye la infracción de una falta de deber de cuidado interno y externo, al no advertir el peligro que representaba una curva sin una protección que recondujera el lapsus del maquinista para que el tren fuera a la velocidad preceptiva (80 por hora). El instructor da por hecho que no hubo una evaluación integral de riesgos previa a la puesta en servicio de la línea, que considera «necesaria». Los riesgos se exportaron al maquinista «sin efectuar una previa valoración integral de la línea que protegiese a los usuarios frente al posible fallo humano, lo que, en términos de contribución causal al resultado finalmente producido, equipara dicho incumplimiento a la imprudencia del maquinista que tenía el deber de conjurar y/o mitigar». Esta responsabilidad recaía, según el juez, en el departamento que dirigía Cortabitarte.
El instructor de la causa, como en el auto anterior, decide el sobreseimiento de las actuaciones contra el responsable de Seguridad en la Circulación de Renfe, Antonio Lanchares; el responsable de seguridad del ADIF en el noroeste; y tres técnicos de Ineco, la empresa pública de ingeniería que evaluó la línea.
Víctimas del accidente del tren Alvia ocurrido en Angrois (Santiago) el 24 de julio del 2013 ven en el hecho de que la causa siga contra un alto cargo de Adif una «demostración» de que «la investigación oficial -la que realizó la CIAF y que determina que el maquinista fue el único responsable- es una farsa». El presidente de la plataforma, Jesús Domínguez, lamentó que la denuncia del extrabajador de Talgo haya quedado «sin resolver».