Condenados dueño e inquilina por usos sin permiso de las zonas comunes de un edificio en Celeiro

La Voz

VIVEIRO

Vista de Celeiro (imagen de archivo)
Vista de Celeiro (imagen de archivo) PEPA LOSADA

El dueño del piso no podrá utilizarlo durante un mes y se acordó la extinción del contrato que amparaba a la arrendataria

01 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por una comunidad de propietarios de Celeiro y condena al dueño de un piso y a su inquilina por el uso «dañoso» para el colectivo realizado por la arrendataria de las zonas comunes del inmueble. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Viveiro había absuelto a los condenados.

La Audiencia considera que, a raíz del testimonio de la inquilina, han quedado acreditados los «actos molestos y contrarios a las normas de la comunidad» a los que apelaban los demandantes.

La arrendataria reconoció haber utilizado «parte de las zonas comunes como depósito de chatarra y de piezas de segunda mano para coches. Se permitía la entrada de vehículos de terceros con su autorización porque se dedicaba a la venta de turismos (...)», indica el fallo. La condenada admitió también «haber instalado una barbacoa y haber retirado, pese a la advertencia del dueño del piso, el candado de la cancilla del cierre» que habilitaba solo a los residentes para efectuar carga y descarga. También confesó «la instalación de una carpa y la celebración de al menos una fiesta de dos días en el año 2020».

Respecto al arrendador, «mostró una conducta propicia a tales hechos» y «estaba al corriente desde el principio de las actividades de su inquilina», apunta el fallo, que declara extinto el contrato de arrendamiento y priva al dueño del uso del inmueble de su propiedad por un mes. No obstante, no acepta la petición de daños y perjuicios por 10.000 euros a satisfacer solidariamente por ambos condenados.