Condenados dueño e inquilina por usos sin permiso de las zonas comunes de un edificio en Celeiro
VIVEIRO
El dueño del piso no podrá utilizarlo durante un mes y se acordó la extinción del contrato que amparaba a la arrendataria
01 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.La Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por una comunidad de propietarios de Celeiro y condena al dueño de un piso y a su inquilina por el uso «dañoso» para el colectivo realizado por la arrendataria de las zonas comunes del inmueble. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Viveiro había absuelto a los condenados.
La Audiencia considera que, a raíz del testimonio de la inquilina, han quedado acreditados los «actos molestos y contrarios a las normas de la comunidad» a los que apelaban los demandantes.
La arrendataria reconoció haber utilizado «parte de las zonas comunes como depósito de chatarra y de piezas de segunda mano para coches. Se permitía la entrada de vehículos de terceros con su autorización porque se dedicaba a la venta de turismos (...)», indica el fallo. La condenada admitió también «haber instalado una barbacoa y haber retirado, pese a la advertencia del dueño del piso, el candado de la cancilla del cierre» que habilitaba solo a los residentes para efectuar carga y descarga. También confesó «la instalación de una carpa y la celebración de al menos una fiesta de dos días en el año 2020».
Respecto al arrendador, «mostró una conducta propicia a tales hechos» y «estaba al corriente desde el principio de las actividades de su inquilina», apunta el fallo, que declara extinto el contrato de arrendamiento y priva al dueño del uso del inmueble de su propiedad por un mes. No obstante, no acepta la petición de daños y perjuicios por 10.000 euros a satisfacer solidariamente por ambos condenados.