Un matrimonio de A Laracha se queda sin sus cinco pisos y sin 445.000 euros
CARBALLO
El TSXG ratifica la absolución para dos autónomos de A Coruña, acusados de estafa y apropiación indebida
20 mar 2024 . Actualizado a las 10:59 h.Sin dinero y sin pisos. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la absolución para dos vecinos de A Coruña acusados de estafar 445.000 euros a un matrimonio de A Laracha. La sección primera confirma así la sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia provincial de A Coruña en julio de 2023. Los demandantes pueden presentar, si lo estiman oportuno, un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Los hechos enjuiciados arrancaron en septiembre del 2014 cuando los dos empresarios adquirieron la participación de la empresa Tecoga que, por aquel entonces, tenía pendiente de finalizar la construcción de dos edificios en la segunda Travesía Doutor López Astray.
Según la Fiscalía, estas dos personas eran conocedoras de antemano de que una entidad financiera había presentado una orden de embargo de las construcciones y el pago de 1.481.303 euros. Entonces idearon, supuestamente, un plan para «enriquecerse de manera ilícita». Contactaron con un matrimonio larachés que había adquirido en el 2007 cinco pisos. Se ganaron, según el Ministerio Público, su confianza «haciéndoles creer que si entregaban el precio que faltaba por abonar de dichos pisos, la empresa finalizaría las obras y les entregarían las viviendas, ya que ellos tenían la solvencia para finalizar los trabajos, pero ocultándoles que el banco ya había solicitado el embargo». La pareja realizó tres entregas, de 120.000, 35.000 y 210.000 euros, respectivamente, además de avalar otros 80.000 euros a modo de préstamo, entregados por un amigo de la pareja. Los dos procesados devolvieron 48.000 euros. De los 397.000 restantes nada más se supo. La acusación particular apuntó en la misma dirección: «Compraron una sociedad en quiebra por 5.000 euros para hacer el paripé y estafar 445.000 a dos personas mayores, que siempre actuaron de buena fe». La Fiscalía solicitó 3 años y 7 meses de prisión para cada uno de los dos procesados.
La Audiencia Provincial absolvió en primera instancia a los procesados. Entiende que no quedó acreditado que los encausados «urdieran el plan que describen las acusaciones para enriquecerse a costa» del matrimonio larachés. Sí considera probado que «han mentido en sus declaraciones sobre su conocimiento del procedimiento de ejecución hipotecaria de los dos edificios en construcción», pero también apreciaron «contradicciones en la declaración de la parte querellante». También confirma la sección primera que «las facturas» facilitadas por los acusados para justificar los pagos a terceros de la finalización de las obras en los dos edificios «son falsas», pero matiza: «Nos inclinamos por concluir que fue la penosa actuación de los acusados como promotores de la obra lo que derivó en la situación denunciada. La gestión fue notablemente aventurera e improvisada. Decidieron continuar la obra a pesar de que existía ya un procedimiento de [embargo], sin ni siquiera intentar un arreglo con la entidad bancaria. Ahora bien, eso no equivale a decir que urdieran una artimaña para apoderarse del dinero, porque la prueba practicada no permite llegar a esa conclusión. Tampoco que los acusados integraran las cantidades recibidas en su patrimonio», según reza el fallo.
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La familia, a través de su representación legal, y la Fiscalía presentaron recurso de apelación ante el TSXG. Solicitaban la nulidad de la sentencia de la Audiencia Provincial por errores en la «valoración probatoria» y que no se tuvieron en cuenta en el fallo algunas cuestiones, como la supuesta presencia de facturas falsas, incluidas en las diligencias penales. Pero el TSXG ratificó la resolución de la Audiencia Provincial de A Coruña. El tribunal entiende que no quedó acreditado que se hubiera producido una estafa continuada o una apropiación indebida. Los jueces admiten que solo hubo «una mala gestión [en la ejecución] de la obra», pero no que hubiera un intento «de provocar un desplazamiento patrimonial» a favor de los encausados.
En relación con las supuestas facturas falsas, incluidas en la causa por los demandantes, desde el TSXG apuntaron que son «objeto de enjuiciamiento en otro procedimiento».