Condenan al presidente del Cerceda por un delito de estafa «agravada»

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

CERCEDA

JOSE MANUEL CASAL

La Audiencia Provincial le impuso un año de cárcel y tendrá que abonar al Pastor 177.525 euros por el doble endoso de la obra del Museo da Minería de Meirama

05 dic 2023 . Actualizado a las 18:28 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña condenó al presidente del Cerceda, José Antonio Silveira Sánchez, Costiñán, a la pena de un año de cárcel y a indemnizar al Banco Pastor con 177.525,13 euros por el doble endoso realizado en el 2012 por una obra pública realizada en Meirama. Además, el tribunal impone al también empresario una compensación económica al Concello de Cerceda por los gastos derivados del proceso contencioso-administrativo, así como una multa de seis meses, a cuota diaria de cuatro euros (720 en total), con prisión subsidiaria de un día por cada ocho euros impagados.

La Sección Primera considera probado que el máximo responsable del club de fútbol y administrador de Construcciones y Obras José Antonio S.?L.?U., es «autor criminalmente responsable de un delito de estafa agravada por la cuantía de lo defraudado».

Los hechos se remontan al año 2012. El Ayuntamiento de Cerceda había adjudicado a Construcciones y Obras José Antonio S.?L.?U. la rehabilitación del Museo da Minería, ubicado en la antigua estación de Meirama. Según consta en el fallo, «con intención de lograr un enriquecimiento indebido y actuando como administrador de Construcciones y Obras José Antonio S.?L.?U.» elaboró una certificación, fechada el 24 de enero del 2012, por importe de 200.708,39 euros.

Según recoge la sentencia, «alegando razones de urgencia, consiguió que el alcalde [José García Liñares] le firmara el endoso de dicha certificación de obra el 26 de enero del 2012, comprometiéndose ante el regidor de realizar los demás trámites en el Ayuntamiento». Sin embargo, el encausado «lejos de cumplir con lo anterior» presentó un documento de pago y lo endosó a la sucursal del Banco Pastor, en Cerceda, en favor de su empresa.

Posteriormente, el proyecto de rehabilitación de la antigua estación de Meirama para la construcción del Museo da Minería sufrió una pequeña modificación y el «acusado» elaboró una segunda certificación de obra por importe de 200.24,9 euros, fechada el 30 de marzo del 2012. Según la Audiencia Provincial, «dicha certificación fue tramitada con todas las formalidades por el Concello de Cerceda, que ignoraba que el inculpado ya había procedido al descuento en el Banco Pastor» de una certificación por la misma actuación. Y añade el fallo: «A sabiendas de que ya había descontado otra certificación por la misma obra [José Antonio Silveira] procedió a endosar esta segunda certificación a Banesto el 26 de abril del 2012», entidad que también procedió al abono de la misma en una cuenta cuya titular es la empresa promotora de la obra del Museo da Minería.

Posteriormente, el Concello de Cerceda abonó a Banesto los 200.242,90 euros. Pero el Banco Pastor no vio un euro porque el Ayuntamiento ya había abonado al Banesto la obra en su totalidad con anterioridad. El Banco Popular, que absorbió en mayo de ese año al Banco Pastor, presentó entonces un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento cercedense reclamando 200.708,38 euros, cuantía que figuraba en el primer proyecto adjudicado a Construcciones y Obras José Antonio, S.?L.?U.

Ahora, la Audiencia Provincial ha tenido en cuenta, mediante criterio de conformidad, la resolución dictada con anterioridad por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en noviembre del 2015.