Así lo dictó el juzgado de lo contencioso nº 3 de Pontevedra
25 ago 2015 . Actualizado a las 05:00 h.En la junta de gobierno local celebrada ayer en A Estrada se dio cuenta también del auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Pontevedra en relación con las medidas cautelares solicitadas por los afectados por la ampliación del cementerio de A Estrada. Los afectados anunciaron en su día la presentación de una demanda contra el acuerdo de la junta de gobierno por el que se concedió licencia municipal para ampliar el camposanto. El anuncio iba acompañado por una pieza separada solicitando la aprobación de medidas cautelares y cautelarísimas, que consistirían en la suspensión de la licencia y la paralización de las obras ya iniciadas mientras no se resuelva el contencioso.
El juzgado denegó primero las medidas cautelarísimas, que implicarían la resolución del asunto y determinarían la suspensión o no de la licencia sin dar audiencia a la parte demandada, en este caso el Concello. El juez denegó también las medidas cautelares -previa audiencia al Concello-. De esta última denegación se dio cuenta oficialmente en la junta de gobierno local celebrada ayer.
No obstante, la denegación de las medidas cautelares se hace considerando que no se acredita que el daño por la no suspensión de la licencia sea irreparable, pero sin entrar en el fondo del asunto: la legalidad o ilegalidad de la ampliación del cementerio. Esto se dirimirá cuando los afectados presenten formalmente la demanda contra el acuerdo que dio licencia a los trabajos.
Entretanto, las obras de la ampliación del cementerio continúan a buen ritmo, con previsión de acabar en diciembre.