El Constitucional avala ahora la ley de Feijoo en pro de la fusión de las cajas
ECONOMÍA
El alto tribunal desestima casi un lustro después todas las objeciones sustanciales del Gobierno de Zapatero contra la norma financiera gallega
30 dic 2014 . Actualizado a las 05:00 h.Fue, de cuantas batallas legales libraron el Ejecutivo Zapatero y el Gabinete Feijoo (19), la madre de todas ellas. Se desencadenó entre muriendo el 2009 y naciendo el 2010, con motivo de la ley gallega de cajas de ahorros, un documento claramente profusión que PPdeG y BNG sacaron adelante en el Parlamento hizo ayer cinco años. Transcurridos dos meses y medio desde su aprobación, con la anuencia del entonces secretario xeral del PSdeG, Pachi Vázquez, y el aplauso del aún hoy alcalde de Vigo, el socialista Abel Caballero, el Gobierno central intentó torpedear la norma llevándola ante la más alta instancia judicial de España. Casi un lustro después, el Tribunal Constitucional acaba de pronunciarse sobre el texto. Lo avala.
Mediado el 2009, Feijoo había encargado a su conselleira de Facenda de la época, Marta Fernández Currás, ahora responsable de Presupuestos en la Administración Rajoy, y al director xeral de Política Financeira, Manuel Galdo, quien continúa en el mismo cargo, una herramienta legislativa para acelerar la integración de Caixa Galicia y Caixanova, profesionalizar sus consejos, blindar a ambas entidades ante posibles absorciones urdidas fuera de la comunidad y despachar a directivos que, como Julio Fernández Gayoso, pretendían seguir al frente del timón pese a su avanzada edad. Semanas más tarde, la iniciativa prosperó con el respaldo del 67 % de la Cámara de O Hórreo, de los tres sindicatos mayoritarios y de buena parte del empresariado autóctono.
La Moncloa reaccionó de uñas. Manuel Chaves, Francisco Caamaño, José Blanco... Todos se opusieron a la ley; especialmente, la en aquel momento vicepresidenta económica, Elena Salgado, y el secretario de Cooperación Territorial, Gaspar Zarrías, ahora imputado por el escándalo de los ERE en Andalucía. Así, el 9 de febrero del 2010, aduciendo que invadían competencias del Estado e incluso resultaban incompatibles con aspectos del cuerpo jurídico básico, Madrid recurrió siete apartados del artículo segundo de la flamante normativa y dos del tercero, amén de su disposición transitoria primera.
Admitido a trámite el conflicto, el Constitucional llegó a mantener cautelarmente suspendidos esos diez preceptos hasta julio de aquel año. No obstante, en una sentencia fechada a 18 de diciembre del 2014 en Madrid y a la que La Voz tuvo acceso ayer, tumba por completo el 80 % de los razonamientos del Gobierno Zapatero y admite de manera parcial el resto, declarando incorrectos únicamente un par de «incisos» en sendas cláusulas, ambas de importancia menor. Una referida a la elección de representantes para la comisión de control y el consejo de las cajas y otra relativa a la tutela de actuaciones del Banco de España y del FROB en casos de déficit patrimonial.
«Razonable y congruente»
El tribunal apoya todo lo demás, o sea, lo sustancial. Desde la supervisión autonómica para las fusiones frías (SIP) hasta la determinación del cuórum necesario para alcanzar acuerdos de unión, pasando por las «perfectamente razonables y congruentes» facultades de la Xunta sobre el dinero dedicado a obra social. También bendice, entre otros artículos, el de la urgente renovación de los órganos de gobierno de las entidades y el que vetaba, salvo para el Parlamento, la presencia en el consejo de más de un representante de las instituciones.
Con todo lo ocurrido en el panorama financiero gallego tras el 2010, el valor de este fallo del 2014, pese a su contundencia, reside solo en que dirime, en favor del Ejecutivo gallego, la pugna política. Porque aplicación práctica no va a tener, dado que lo que eran Caixa Galicia y Caixanova son hoy Abanca, y la Caixa Rural se rige por la normativa de cooperativas, no por la de cajas.