Da validez a un índice, el IRPH, más caro que el euríbor y más favorable a la banca
23 nov 2017 . Actualizado a las 05:00 h.La Justicia ha dado un considerable varapalo a los clientes gallegos que optaron por vincular su préstamo para comprar una vivienda a un índice poco conocido, el de referencia de productos hipotecarios (IRPH), en lugar de hacerlo al euríbor. Esa apuesta, alentada por los propios bancos a mediados de la pasada década, se volvió mucho más gravosa para los hipotecados, que iniciaron una batalla legal contra ese indicador que terminó en el Supremo. Ahí se han esfumado sus expectativas. El tribunal ha examinado un caso procedente del País Vasco y ha terminado dando la razón a la banca al considerar que ese indicador es perfectamente válido y transparente.
Es la primera victoria judicial del sector financiero en estos años tras los correctivos con las preferentes, los swaps, la salida a bolsa de Bankia, los bonus millonarios, las cláusulas suelo o más recientemente las hipotecas multividisa. Y eso mismo, el espaldarazo a la banca, es lo que echan en cara las asociaciones de consumidores. «No comprendemos cómo se puede defender la transparencia en la comercialización del índice IRPH después del reciente pronunciamiento sobre las hipotecas multidivisa», explicaba ayer Iria Aguete, de Reclamador.
El IRPH llegó a ser un índice con importante penetración en comunidades del Mediterráneo (en Baleares llegó a estar detrás del 20 % de todos los créditos firmados), pero en Galicia su aceptación entre los clientes fue algo menor. Entre el 2004 y el 2010 supuso el 5 % del total, según datos de los registradores. Son, coinciden abogados y consumidores, entre 25.000 y 35.000 los afectados. Ahora mismo se sigue comercializando, pero no llega siquiera al 0,3 % del mercado; el euríbor, en cambio, supone el 60 %, y el resto son créditos a tipo fijo.
¿Y cómo funciona? El IRPH es un indicador creado por los bancos y cuyos movimientos controlan ellos mismos a través de un procedimiento algo complejo (ahí radica su principal pega). No tiene una variación regular y supervisada como el euríbor, por lo que se presta a menores oscilaciones. Las entidades lo empezaron a ofrecer hace unos veinte años, y ganó cierto mercado cuando el euríbor estaba desatado, por encima del 4 %. Se ofrecía como una alternativa para los clientes, para que pagaran aparentemente menos de entrada, y con menos sorpresas. Pero luego sucedía que el euríbor iba bajando, pero el IRPH no lo hacía igual. Resultado: se terminaba pagando más. Según algunos portales de consumo, para un préstamo de 180.000 euros firmado en el 2004 por 30 años, la diferencia ahora serían 50.000 euros entre intereses y amortización.
Los afectados empezaron a moverse hace unos años, con sentencias dispares. En Galicia, salas de primera instancia de Ferrol, A Coruña o Vigo han ido dando la razón al cliente, pero luego sus sentencias se han corregido en audiencias provinciales. Lo que ha decidido el Supremo ahora da pie para que el resto de los casos vayan por esa vía.
Europa, la última vía que les queda a los afectados
A los afectados por las hipotecas referenciadas al IRPH se les cierra una puerta muy grande con la decisión adelantada por el Supremo. Pero aún queda un resquicio. «Contra esta sentencia, que se conocerá íntegra en los próximos días, cabe recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como sucedió en el caso de las cláusulas suelo», recuerda Iria Aguete, de Reclamador. La UE corrigió al Supremo, que solo permitía una retroactividad parcial de la eliminación de la cláusula, y facilitó una total, con un impacto millonario.