Unas 47.000 madres gallegas podrán deducir gastos de guardería en el IRPF

Mario Beramendi Álvarez
mario beramendi SANTIAGO / LA VOZ

ECONOMÍA

Santi M. Amil

Esta ayuda, de hasta 1.000 euros, se suma a la de 1.200 por hijos a cargo de 0 a 3 años

31 may 2019 . Actualizado a las 21:47 h.

En España ya está vigente una deducción en el IRPF de 1.200 euros que reciben las madres trabajadoras con hijos a cargo de cero a tres años (puede percibirse en pago directo de 100 euros mensuales). La principal novedad de la campaña de la renta del 2019 es que, a esta ayuda, se suma otra deducción de hasta mil euros por gastos de escolarización en esa franja de edad, y que podría beneficiar a unas 47.000 mujeres en la comunidad gallega, según los datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). Es el llamado modelo 233.

¿En qué consiste?

Es un modelo que tienen que presentar ante Hacienda todas las escuelas infantiles. Por tanto, los padres quedan eximidos de cualquier trámite hasta hacer la declaración, momento en el que marcarán la casilla y la AEAT dispondrá de toda la información sobre los gastos deducibles. Todos los centros educativos deberían haber aportado los datos sobre los matriculados antes del 15 de febrero.

¿Qué información envía la guardería?

Según la AEAT, cada centro debe comunicar el NIF de los padres; los datos de los menores que cumplan hasta tres años en ese ejercicio; los meses completos de asistencia; los gastos anuales pagados; y, por último, el importe subvencionado.

¿Qué exige Hacienda?

Establece, tal y como determina la norma, la obligatoriedad de que todos los centros estén autorizados por la administración educativa competente, en este caso la autonómica. Hacienda ha pedido a las consejerías de cada comunidad un listado con todas las escuelas infantiles. Es decir, quedarían fuera las guarderías que, con licencia y permiso municipal, no tuviesen una autorización autonómica. Preguntada al respecto, la Xunta, a través de Política Social, advierte de que todas y cada una de las escuelas infantiles están supervisadas y tienen el permiso de la Administración autonómica; las 10.259 plazas que gestiona directamente Política Social y las 6.531 que llevan las escuelas municipales o de diputaciones; a las que habría que sumar las 2.796 de las entidades de iniciativa social, las 3.966 del Bono Concilia y las 424 concertadas. A esta lista se añaden también las 41 de Ministerio de Hacienda, las 82 del Ministerio de Defensa, las 102 en manos de las universidades y, por último, las 125 dependientes del Sergas.

¿Qué otras condiciones debe cumplir la familia?

Además de tener matriculado al menor en un centro autorizado, como requisito indispensable, en los llamados gastos de custodia solo se incluyen aquellos que se abonen por la inscripción y matricula, la asistencia (en horario general y ampliado) y la alimentación, siempre que se hayan producido en meses completos La AEAT detalla que considerará tanto el importe pagado por la madre como el satisfecho por el otro progenitor, adoptante, tutor o acogedor.

¿Qué gastos se excluyen?

Hacienda no tendrá en cuenta las cantidades abonadas por la empresa en la que se halle empleada la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor, ni tampoco las cantidades subvencionadas satisfechas a la guardería o centro de educación infantil. Tampoco disfrutarán de esta deducción los progenitores que pagan las mensualidades con cheques de empresa.

Básicamente, porque ya se están beneficiando en su IRPF de esa ventaja y son sus empleadores los que satisfacen las cuotas al centro educativo, y no ellos. La Agencia Tributaria es la que se encarga de cruzar los datos de los padres con los del modelo 233 presentados por los centros infantiles.