Los propietarios lo tendrán más difícil para recuperar una vivienda alquilada
ECONOMÍA
El nuevo decreto los obliga a preavisar con cuatro meses si no quieren prorrogar el contrato
06 mar 2019 . Actualizado a las 21:49 h.Tres regulaciones en menos de tres meses. Tras la publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado, este miércoles entrarán en vigor las disposiciones del segundo decreto del alquiler aprobado por el Gobierno en tan corto período de tiempo, después de que el primero no consiguiese superar el trámite de la convalidación parlamentaria. Un rechazo que ha provocado que el Ejecutivo haya afilado algunos de los aspectos que provocaron el rechazo de sus socios de Unidos Podemos al texto anterior. Aunque la esencia de este se mantiene, se introducen novedades que refuerzan la protección del inquilino y que harán que el propietario de la vivienda arrendada tenga más dificultades para recuperarla. Estos son los cambios principales:
Vigencia
Contratos mínimos de cinco años y prórrogas de tres. En cuanto a los plazos de los alquileres, se mantiene lo previsto en el anterior decreto. Los contratos se prorrogarán de forma automática hasta completar una duración mínima de cinco años, que se elevarán a siete si el arrendador no es un particular, sino una empresa. Pasado este tiempo, si ninguna parte manifiesta su voluntad de finiquitar el alquiler, se aplicará una prórroga de tres años. Para que esta no entre en vigor, el propietario deberá comunicar al inquilino su voluntad de recuperar la vivienda con cuatro meses de antelación, tres más de los 30 días vigentes actualmente (que también era el plazo recogido en el decreto de diciembre). En cambio, si es el arrendatario el que quiere finiquitar el contrato, le bastará con avisar dos meses antes.
Además, el dueño de una vivienda alquilada no la podrá recuperar para uso propio o de un familiar salvo que haya hecho constar expresamente esa cláusula en el contrato. Si es así, deberá avisar con dos meses de antelación y justificar la causa por la que necesita el piso. Y si, una vez vacío, no lo ocupa antes de que pasen tres meses, el inquilino podrá optar entre volver a ocupar la vivienda otros cinco años en las condiciones que tenía antes o ser indemnizado con una mensualidad por cada año de contrato que le quedara por completar.
Garantías
Un mes de fianza y, como mucho, otros dos en avales adicionales. Además de la fianza en metálico, que no podrá superar un mes de renta, el decreto da libertad para que las partes pacten cualquier otra garantía adicional (avales bancarios, seguros de alquiler...), siempre que su valor no supere las dos mensualidades de renta.
Subidas
El IPC, el límite. Aunque el dueño podrá establecer el mecanismo de revalorización anual que quiera, el incremento no podrá superar nunca al que determine el IPC para ese período. En cuanto a los precios, el Gobierno se da ocho meses para crear un nuevo índice de referencia de rentas, usando datos de distintos registros, del Catastro o de la Agencia Tributaria, pero matiza que solo se usarán con fines estadísticos o de diseño de políticas, no para poner límites a los precios.
Los servicios sociales actuarán por defecto si hay personas vulnerables. En caso de desahucio por impago del alquiler, el juzgado deberá comunicar el inicio del procedimiento a los servicios sociales y esos actuarán de oficio si el hogar afectado está en situación de vulnerabilidad social o económica. Es un cambio respecto al anterior decreto, en el que eran los afectados los que debían solicitar la intervención de los servicios sociales.
Fiscalidad
Más palo que zanahoria, con recargos en el IBI a las viviendas desocupadas. Para aflorar viviendas vacías, el Gobierno permitirá a los ayuntamientos imponer recargos de hasta el 50 % en el recibo del IBI de los inmuebles de uso residencial que estén desocupados con carácter permanente.
vivienda turística
Podrán limitarse si lo deciden tres quintas partes de la comunidad. El decreto permite a las comunidades de vecinos establecer límites o condicionar el alquiler turístico de viviendas de un edificio, o establecer cuotas agravadas por los gastos comunes (con un incremento máximo del 20 %). Las modificaciones requieren del acuerdo de tres quintas partes de los propietarios.
convalidación
En manos de la diputación permanente del Congreso. Aunque los cambios entrarán en vigor este miércoles, el decreto deberá pasar en los próximos días el examen de la diputación permanente del Congreso. Podemos, que rechazó el anterior decreto, avanza su voto favorable por «responsabilidad».
Las inmobiliarias advierten de que los cambios legislativos reducirán la oferta de pisos y provocarán un alza de precios
El baile legislativo en el mercado del alquiler puede producir el efecto contrario al que pretende el Gobierno. Es la advertencia que lanzan desde la Federación Gallega de Empresas Inmobiliarias (Fegein), cuyo presidente, Benito Iglesias, mostró su rechazo a un decreto que, en su opinión, no garantiza el equilibrio entre arrendador y arrendatario que debe regir siempre.
El responsable de la asociación asegura que las empresas del sector están detectando ya propietarios que han optado por retirar temporalmente sus pisos del mercado a la espera de que pasen las elecciones, por si un eventual cambio de Gobierno trae consigo un nuevo cambio regulatorio. Además, advierte que las limitaciones a las garantías y a la actualización de precios puede provocar un incremento de estos, ya que los dueños optarían por elevar la renta para cubrirse ante los mayores riesgos a los que quedan expuestos.
En esa misma línea se manifiesta la Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI), que estima que la renta de alquiler subirá de media un 5 % tras la entrada en vigor del nuevo decreto, una medida que tacha de «improvisada» y que censura que se haya llevado al BOE sin «un debate político y parlamentario imprescindible».
«La presunta protección del inquilino, eliminando garantías supuestamente abusivas, puede terminar por expulsar del mercado del alquiler a los colectivos y economías más desfavorecidas», explican desde la patronal de las inmobiliarias.