Fernández de Sousa tendrá que cumplir la pena impuesta: seis años de prisión

ECONOMÍA

Manuel Fernández de Sousa, en una imagen del 2013
Manuel Fernández de Sousa, en una imagen del 2013 JUAN LAZARO

El Supremo deniega la reducción de condena solicitada por el expresidente de la antigua Pescanova

29 mar 2023 . Actualizado a las 20:27 h.

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de aclaración presentado por el expresidente de la antigua Pescanova, Manuel Fernández de Sousa, contra la sentencia dictada el pasado 10 de febrero por la misma Sala, que lo condenó a un total de 6 años de prisión (4 años y 6 meses por delito continuado de falsedad en las cuentas anuales, en relación de concurso medial con un delito, también continuado, de falseamiento de información económico-financiera, y 1 año y 6 meses por delito de alzamiento de bienes).

El Supremo señala que no ha lugar a aclarar ni rectificar el extremo interesado por la representación procesal de Manuel Fernández de Sousa-Faro con relación a la sentencia.

Al condenado le queda la opción de acudir a la justicia Europea o de solicitar el indulto, pero ninguno de estos procedimientos paralizará la orden inmediata entrada en la prisión de A Lama (Pontevedra), la más próxima a su domicilio.

Resolución del Supremo

El pasado día 15 de febrero, el Supremo resolvió el recurso de los procesados por el caso Pescanova, aplicando generosas rebajas de penas a la veintena de acusados por la quiebra del grupo pesquero en el 2013. Entre los que vieron aliviada su situación procesal está el expresidente del grupo, al que el alto tribunal rebajó de ocho a seis años la pena impuesta por la Audiencia Nacional, al absolverlo de los delitos de estafa agravada y falsedad en documento mercantil por los que fue condenado en la anterior instancia.

Pero la defensa de Fernández de Sousa consideró que la rebaja de condena debería haber sido mayor. Por ello, tras conocer el fallo, sus abogados presentaron un escrito en el alto tribunal, solicitando la «rectificación del error material» en el que a su juicio incurre la sentencia y que «afecta directamente al cálculo de la pena impuesta».

 

Error de cálculo

En concreto, defendieron los letrados que el expresidente de Pescanova no pudo ser condenado por un delito continuado de falseamiento de información económico-financiera. «Fue condenado por ese delito, ciertamente, pero sin apreciar ninguna suerte de continuidad delictiva», reza el escrito, en el que explicaban que en el fallo previo de la Audiencia Nacional los únicos delitos que se apreciaron como continuados fueron los de falsedad en documento mercantil, estafa y falseamiento de cuentas anuales, «y no, por tanto, el falseamiento de información económico financiera». 

Diez años en los juzgados

La de Pescanova es una de las mayores quiebras empresariales de España, tanto por la deuda financiera (4.000 millones de euros) como por los inversores que perdieron todos sus ahorros (casi 10.000), que se cierra con una sentencia dictada por el Supremo que queda muy lejos de la petición de penas de la fiscalía, y del fallo de la Audiencia Nacional, cuya sentencia de octubre del 2020, severa en exceso, según fuentes de la defensa, quedó desvaída por la reducción de penas aplicadas a todos los condenados.

El proceso judicial, abierto en el 2013, podría haber acabado con hasta cuatro miembros de la misma familia de Fernández de Sousa en la cárcel. Para el expresidente del grupo, el auto de calificación fiscal llegó a pedir hasta 31 años de prisión por un total de 9 delitos: falseamiento de cuentas anuales, falseamiento de información económica, estafa para captar inversores, estafa a entidades financieras, falsedad en documento mercantil, insolvencia punible, alzamiento de bienes, uso de información relevante e impedimento de la actuación del organismo supervisor. La Audiencia redujo esa petición a ocho años de prisión: seis por falseamiento de información y estafa; y dos por alzamiento de bienes. Finalmente, el Supremo redujo ambas penas a cuatro años y medio y un año y medio, respectivamente, que es la que finalmente tendrá que cumplir, tras el rechazo comunicado hoy a la petición de reducción de condena.