El ministerio niega los abultados retrasos que denuncian los solicitantes
09 jul 2023 . Actualizado a las 05:00 h.El 29 de agosto del 2022, Manuel Iglesias Pazos, jubilado del mar desde el 2019, presentó ante la Seguridad Social —concretamente en la delegación de A Coruña del Instituto Social de la Marina— una solicitud para reclamar el complemento de paternidad para su pensión, para el que cumple todos los requisitos exigidos desde que la Justicia europea obligase al Gobierno español a extender este porcentaje extra (de entre el 5 % y el 15 % de la pensión en función del número de hijos que las mujeres hubieran tenido) también a los varones. Con una jubilación «pequeña, de autónomo» —explica—, no oculta su malestar por tener que seguir esperando, casi un año más tarde, la actualización de su prestación, sobre la que le corresponde un 5 % adicional por ser padre de dos hijos.
«He vuelto en tres ocasiones a preguntar, pero nada», dice, exhibiendo el documento en el que, además del sello del registro de entrada de la solicitud, figura otro del pasado 15 de junio, que acredita que volvió a pedir explicaciones, sin suerte. «Cuando lo tramité, la funcionaria me atendió me dijo que cumplía todos los requisitos exigidos, así que tendría que esperar cuatro o cinco meses, porque había retrasos por la falta de personal, jubilaciones que no se cubrían, etc., pero que me pagarían el complemento y los atrasos. Sin embargo, casi diez meses después, aquí sigo esperando. Me siento engañado. Los políticos deberían dejar de prometer cosas que luego no cumplen. Al final no te queda más remedio que denunciar», explica.
Su caso es idéntico al de muchos otros pensionistas que han solicitado la prestación pero que, después de meses e incluso años —si acaban en la vía judicial—, no han recibido de la Seguridad Social ni respuesta ni más dinero en su abono mensual.
Sin embargo, desde el ministerio que dirige José Luis Escrivá niegan problemas. «En Galicia no hay más retraso que en otros sitios. Estos asuntos llevan sus plazos», dicen, asegurando que no están recibiendo quejas «de ningún otro sitio». Añaden que, además, hay que «tener en cuenta el tiempo que tardan en llegar las sentencias [en los casos que se hayan judicializado] al INSS, que no siempre es muy fluido. Pero no nos consta ningún problema». Los afectados discrepan.
Emilio Cagiao, afectado: «A propia administración é a que colapsa os xulgados do Social, que teñen pocos recursos»
La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de dictaminar como discriminatoria la norma que solo atribuía el complemento por maternidad en la jubilación a las mujeres abrió el melón para que decenas de pensionistas masculinos presentasen reclamaciones en todos los juzgados gallegos y españoles. Con ese precedente, la mayoría de los fallos están siendo positivos, aunque muchos demandantes están lejos de haber llegado al fin de sus procesos, pese a tener resoluciones judiciales firmes. Es el caso del ferrolano Emilio Cagiao, que cuenta con una sentencia a su favor fechada en septiembre del pasado año, que establece que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene que abonar un complemento de maternidad de un 5 % sobre el importe de su pensión «con efectos económicos desde el 15 del 12 del 2018», y también «el abono de los atrasos correspondientes».
Este antiguo trabajador del astillero ferrolano había presentado una demanda contra la administración en el mes de julio del 2021. En junio del pasado año se celebró el juicio, y la sentencia favorable a su petición llegó en septiembre. Sin embargo, pese a pedir en diciembre del pasado año la ejecución del fallo, sigue sin percibir las cantidades que se le adeudan.
Emilio Cagiao, padre de dos hijos que nacieron en 1977 y 1979, explica que solo en los juzgados de lo Social de Ferrol hay «máis de mil casos con sentenza firme e pendentes de cobro», aunque esta situación se ha multiplicado por todo el país.
Inicialmente, como sucede a un gran número de jubilados que reclaman el abono de ese complemento, intentó que le fuese atendida una reclamación previa en el INSS, pero le fue denegada, que también recurrió, y nuevamente desestimada por el organismo. Fue entonces cuando decidió acudir a la vía judicial. Cagiao lamenta, no obstante, la actitud que está percibiendo en el organismo. «A propia administración é a que colapsa os xulgados do Social, cando teñen moi poucos recursos», critica.
Sin recurrir
Pese a que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) disponía de un plazo de cinco días para presentar un recurso de suplicación ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) contra la sentencia que le dio la razón, el organismo no ejerció ese derecho, por lo que desde principios de este año está esperando este antiguo trabajador del naval ferrolano por el abono del complemento de maternidad de su pensión.
Tras la avalancha de demandas presentadas en los tribunales después de que empezase a haber sentencias positivas para los afectados, muchos de ellos han intercambiado experiencias. Por ello, Emilio Cagiao es conocedor de los distintos casos que se están produciendo en Ferrol. «A algunha xente que demandou, o INSS mandoulle unha carta tres o catro días antes do xuízo dándolle a razón. Di que actualiza as nóminas pero non paga os atrasos», explica. No obstante, sostiene que, «noutros casos, aínda están esperando, porque nin actualiza as nóminas nin paga os atrasos», por lo que aboca igualmente a los jubilados que pelean por ese reconocimiento a presentar una demanda a través de la vía judicial.
Bufetes de abogados privados y también letrados de organizaciones sindicales llevan ya decenas de casos con reclamaciones a la administración por este motivo, pero en muchos de ellos, «o Estado non executa, porque son moitos millóns de euros os que ten que pagar».
Por este motivo, este jubilado del naval ferrolano anuncia que impulsará, a través de la diputada del BNG en el Parlamento europeo, Ana Miranda, una iniciativa para elevar el caso a las autoridades comunitarias y dar a conocer la situación.
¿Cómo reclamar este plus? Basta con un formulario y la copia del libro de familia
Frente a las demoras en su cobro, reclamar a la Seguridad Social el complemento de maternidad o paternidad en la pensión es un procedimiento muy sencillo. Basta con rellenar un formulario haciendo constar su solicitud y acompañarla con una copia del libro de familia, que es el documento que acredita el número de hijos (biológicos o adoptados) que se han criado.
Los requisitos que se exigen, además de haber tenido al menos dos criaturas —el número marca el plus que se cobrará en la prestación—, es ser pensionista desde el 1 de enero del 2016. Asimismo, la pensión que se perciba deberá ser de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
Vetado al retiro anticipado
Sin embargo, hay que recordar que el complemento no se podrá reclamar por quienes se hayan acogido a la jubilación anticipada voluntariamente, a diferencia de los trabajadores que pasen al retiro por despidos objetivos o por expedientes de regulación de empleo (ERE), es decir, despidos colectivos, que sí podrán pedir el plus. También los funcionarios sujetos a clases pasivas están incluidos, pese a que en un primer momento la regulación no los contemplaba.
La cuantía del complemento varía en función del número de hijos: el incremento de la pensión será del 5 % en el caso de haber tenido dos criaturas, del 10 % si son tres y del 15 % a partir de cuatro.
Recurrir a la vía judicial
El procedimiento para percibir el complemento se inicia con la solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Si la vía administrativa no fructifica, es decir, que la administración deniegue la revisión de la pensión que el solicitante tiene reconocida, la vía judicial es la que obligará a la citada revisión de la pensión —como le ocurrió a Emilio Cagiao, cuyo testimonio acompaña a esta información— en el porcentaje que sea de aplicación al caso concreto.
Respecto al plazo existente para reclamar la compensación por hijos, la ley establece un período de cinco años para reclamar el reconocimiento de prestaciones de la Seguridad Social, exceptuando la jubilación, la de viudedad y la de orfandad, que no prescriben. El plazo se contabiliza desde el día siguiente a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, el 12 de diciembre del 2019, que confirmó ese derecho para los varones.