Perú tendrá que pagar 186 millones a Enagás por la suspensión de un gasoducto

c. a. MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Andrea Comas | REUTERS

La compañía española anticipa que también podrá repatriar los dividendos de Transportadora de Gas del Perú

22 dic 2024 . Actualizado a las 18:34 h.

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) da la razón a Enagás en el conflicto que la compañía mantenía con Perú tras la decisión del país de suspender la construcción del gasoducto GSP en el 2017. El organismo obligará al Estado peruano a pagar a la compañía 194 millones de dólares (unos 186 millones de euros) entre principal e intereses. Tal y como reconocía Enagás en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), esa cifra es inferior a los 505 millones de dólares (479 millones de euros) que se habían solicitado por la inversión en GSP registrada en el balance. Así que el impacto de esa diferencia, que generaría unas minusvalías contables de 311 millones de euros, se incluirá en los resultados anuales del este ejercicio 2024 «una vez se haya realizado un análisis detallado del laudo», tal y como informa Enagás.

«Los asesores legales de la compañía están analizando el laudo en detalle y a este respecto la sociedad se reserva el derecho a solicitar una rectificación o aclaración de la cuantificación del importe reconocido», apunta en su comunicado. Del mismo modo, la compañía española señala a que el laudo anticipa una resolución favorable para otro de los graves problemas que afronta la compañía en el país, el de no poder repatriar los dividendos de Transportadora de Gas del Perú (TGP). «El Tribunal considera también que la inclusión de Enagás Internacional en la categoría 2 de la Ley 30737, que impide a la Sociedad la repatriación de los dividendos de su participada constituye una violación del APPRI España-Perú», apunta la empresa.