El presidente pierde la iniciativa legislativa, pero puede gestionar con normalidad
ELECCIONES 2016
El jefe del Ejecutivo en funciones tiene la potestad de aprobar medidas especiales en casos «de urgencia», según la ley
22 dic 2015 . Actualizado a las 09:05 h.El amalgama de colores que ha teñido el hemiciclo del Congreso tras las elecciones del domingo complica la elección de nuevo presidente. El 13 de enero quedarán constituidas las Cortes. Posteriormente, sin fecha definida, han de votar la investidura. En caso de no llegar a acuerdo tendrán dos meses para elegir al nuevo jefe de Gobierno antes de que el rey disuelva el Parlamento. Mientras tanto será Mariano Rajoy el que continúe ejerciendo el cargo en funciones.
El Boletín Oficial del Estado publica hoy el cese del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y los trece miembros de su gabinete, que continuarán en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Ejecutivo.
¿Qué puede hacer en ese caso? Los expertos en Derecho Constitucional consultados remiten a lo estipulado en la Ley de Gobierno. De ahí, interpretan, que solo en casos muy especiales como, por ejemplo, que hubiera una declaración de independencia de Cataluña podría adoptar medidas excepcionales, más allá de la mera gestión. La iniciativa legislativa queda, por tanto, en suspenso.
«El papel del presidente en funciones lo marca la Ley de Gobierno», explica el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidade de Santiago, Roberto Blanco Valdés. La norma establece que deberá centrarse en la gestión y el despacho ordinario de los asuntos públicos, «absteniéndose de adoptar, salvo en casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general cuya acreditación exprés lo justifique, cualesquiera otras medidas».
No parar la marcha del país
De ahí que en casos como la declaración de independencia de Cataluña o en el supuesto de que hubiera un atentado terrorista como el ocurrido en París podría adoptar medidas excepcionales. «No puede haber iniciativa política, pero podría tomar medidas como declarar el estado de alarma ante un suceso extraordinario, por ejemplo», indica también el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid, Juan María Bilbao. La catedrática de Derecho Constitucional de la UNED, Yolanda Gómez, recuerda al mismo tiempo que Rajoy «ha de mantener la marcha política no comprometiendo el Gobierno venidero».
En esa labor gestora que ha de mantener, el haber aprobado los Presupuestos Generales del Estado para el 2016 el pasado octubre, algo que no podría haber hecho ahora en funciones, le da una ventaja a la hora de tratar los asuntos públicos. Lo que no tiene potestad es para presentar ningún tipo de iniciativa legislativa.