En un recurso presentado ante el TS, la Unión estima que existen actuaciones que tienen efectos «interruptivos» de la prescripción de estos delitos.
25 feb 2011 . Actualizado a las 22:13 h.La Unión de Consumidores de España, que actúa como acusación particular en el denominado caso Fabra, considera en su recurso contra el sobreseimiento de una parte de los delitos fiscales cometidos presuntamente por Fabra y su ex mujer que los criterios de la Audiencia de Castellón al decretar este sobreseimiento son «contradictorios».
En un recurso presentado ante el Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso hoy la Agencia Efe, la UCE estima que existen actuaciones que tienen efectos «interruptivos» de la prescripción de estos delitos.
En su argumentación, la UCE considera «contradictorios» los criterios de la Audiencia Provincial que decretaron el sobreseimiento de los delitos fiscales cometidos por Carlos Fabra y su ex mujer.
En el auto por el que sobreseyó estos delitos, la Audiencia de Castellón considera que «lo que ha hecho inútil la investigación acordada sobre los presuntos delitos fiscales, ha sido el excesivo tiempo empleado para emitir el informe pericial».
Según la UCE, estos argumentos son «contradictorios», pues «ya no discuten que también se estaban investigando a través de la pericial la legalidad tributaria entre los ejercicios 1994 a 2004, y aseguran que de cualquier descubrimiento en este sentido podría haber dado lugar a una imputación concreta».
En consecuencia, considera que «debe concluirse que sí se estaban investigando esos posibles delitos fiscales, sobre los que existían sospechas».
Por tanto, argumenta la UCE, «en realidad lo único que discute la Audiencia Provincial es si la prueba tenía o no efectos interruptivos, al considerar que el acuerdo de esa prueba, al no suponer una imputación concreta, conlleva la interrupción de la prescripción».
Además, otro de los requisitos para que se pueda considerar la interrupción de la prescripción de los supuestos delitos es que el procedimiento «se dirija contra personas suficientemente determinadas».
Han argumentado que «resulta claro que en todo momento las personas contra las que el procedimiento se ha dirigido están claramente determinadas» y «así consta en nuestra querella contra Carlos Fabra, Mª Desamparados Fernández Blanes, Vicente Vilar y Monserrat Vives». Por ello, pide a la Sala del Tribunal Supremo que revoque «la resolución impugnada (de la Audiencia Provincial), ordenando la continuación del procedimiento».
El pasado 2 de febrero, la Audiencia de Castellón estimó el recurso de casación presentado por la Unión de Consumidores contra el auto que sobreseía los delitos fiscales imputados al presidente de la Diputación, Carlos Fabra, y Desamparados Blanes entre 2000 y 2003, y abrió la vía para que el Tribunal Supremo resuelva.