La decisión tomada por la presidenta del Parlamento, Pilar Rojo, para modificar el régimen de visitas de los ciudadanos a la casona de O Hórreo, retirándole a los grupos políticos el cupo de visitas que gestionaban directamente, tiene el amparo de los servicios jurídicos de la Cámara.
Los servicios de la presidencia dieron ayer a conocer el informe emitido con fecha del 21 de diciembre pasado, en el que los letrados sostienen que «non existe» siquiera un «dereito subxectivo dos cidadáns a asistir ás sesión parlamentarias», pues incluso indica que hay Cámaras que carecen de tribuna para el público. Apuntan, además, que la participación directa de los ciudadanos se reserva para las iniciativas populares y los referendos.
De igual modo, relata el informe que los artículos 107, 108 y 109 delegan en la presidencia la potestad de preservar el orden y, a tal efecto, «pode exceptuar por un lapso temporal ou indefinido» el acceso de determinadas personas a las sesiones.
El portavoz parlamentario del PP, Pedro Puy, también respaldó ayer la decisión de Pilar Rojo, al poner de relieve que se trata de una medida «bastante proporcionada». Puy cuestionó que los grupos políticos declinen abiertamente controlar a sus invitados, motivo por el cual es la presidenta la que tiene que tomar medidas de este tipo, que los populares respaldan.