La UE se dota de un duro régimen de sanciones contra los vertidos marinos

Domingos Sampedro
Domingos Sampedro CORRESPONSAL | BRUSELAS

GALICIA

M.MORALEJO

Los sentinazos intencionados se castigarán con multas de hasta 1,5 millones de euros La llamada directiva Prestige logra ver la luz tras dos años de debate, y en versión reducida

11 jul 2005 . Actualizado a las 07:00 h.

Dos años ha tardado la UE en tramitar la llamada directiva Prestige , la legislación común que se propone sancionar de forma severa la contaminación marina. Tras pulir del texto inicial las referencias a las penas de prisión, sorteando así el veto de países como Chipre, Malta y Grecia, los Veinticinco llegaron a una posición común para castigar los sentinazos con multas de hasta 1,5 millones de euros. Los dos textos legislativos que desarrollan la iniciativa lanzada en su día por la ex comisaria de Transportes Loyola de Palacio serán aprobados formalmente hoy por el Consejo de Ministros de la UE, aunque en una versión más reducida y con menos alcance que la original. Aun así, para la Comisión Europea no hay dudas de que se ha dado un gran paso, ya que, por primera vez, 25 países se han puesto de acuerdo para «criminalizar los actos más graves y prever sanciones penales correspondientes», señala Bruselas en una nota. Cada año se registran en aguas de la UE más de 3.000 vertidos de hidrocarburos -596 sólo en el Mar del Norte en el 2001-, producidos muchas veces deliberadamente por los buques que limpian sus tanques de fuel en alta mar. Bruselas sostiene que este tipo de contaminación es más elevada que la accidental. El comisario de Transportes, Jacques Barrot, considera que «la amenaza de sanciones ayudará a proteger nuestras costas» y, posiblemente, a rebajar los sentinazos , pues no sólo serán responsables el capitán y el primer oficial del buque, sino también la sociedad de clasificación, la naviera, la fletadora y el que participe en la cadena del transporte marítimo. La sanción que se impondrá, de 150.000 a 1,5 millones de euros, supone para muchos países multiplicar por diez las multas que fija su legislación. La vía penal La versión inicial de la directiva Prestige , la que se presentó en marzo del 2003, se proponía perseguir por vía penal y administrativa a los responsables de la contaminación marina. El texto definitivo, que se aprueba ahora, renuncia al procesamiento penal debido al veto de los socios con más intereses en el transporte de hidrocarburos (Grecia, Malta y Chipre). Por tanto, decidir si la persona responsable de un buque contaminante puede ser condenado a prisión dependerá, al igual que ahora, de la voluntad del Estado miembro correspondiente. En su día, Bruselas propuso legislar este apartado a escala comunitario, estableciendo penas de entre 1 y 3 años de cárcel para los delitos menores y no intencionados, y de 5 y 10 años cuando exista intencionalidad y el delito «haya causado un daño significativo» a la calidad de las aguas, especies o personas. Este aspecto queda anotado entre las tareas pendientes de la UE, aunque está dispuesta a relanzar el debate más adelante.