Feijoo y el escenario abierto en Galicia

A. F. REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Feijoo en una rueda de prensa en Madrid
Feijoo en una rueda de prensa en Madrid XOAN A. SOLER

La decisión del presidente gallego inicia un proceso para su sucesión en la Xunta. En julio del 2020 obtuvo el mejor resultado de la historia del PP en la comunidad

24 feb 2022 . Actualizado a las 12:12 h.

La decisión de Alberto Núñez Feijoo de dar un paso al frente para asumir el control del PP nacional abre un nuevo escenario en la Xunta y en la dirección del partido en Galicia. Después de ganar por cuarta vez con mayoría absoluta las elecciones gallegas, el 12 de julio del 2020, y lograr el segundo mejor resultado de la historia del partido en la comunidad, gobierna con 42 diputados en el Parlamento gallego y a la legislatura le quedan todavía más de dos años para su conclusión.

 Núñez Feijoo tiene ahora diversas alternativas y el camino que elija afectará directamente al futuro del Gobierno gallego y del PPdeG. Dado que Feijoo es el presidente del PP de Galicia, se abren una serie de tiempos y procesos para decidir cuándo se celebraría, si es el caso, el congreso gallego en el que se elegiría a su sucesor.

Una sucesión rápida

La solución más directa sería presentar la renuncia a la presidencia del Ejecutivo, con la dimisión automática de todos los conselleiros y los cargos de confianza. Seguirían en funciones hasta la constitución del nuevo Gobierno. Habría entonces la opción de un pacto con los otros dirigentes del PP gallego para designar a la persona destinada a presidir el Ejecutivo gallego y el partido en Galicia. Esta opción está contemplada, por ejemplo, cuando el presidente presenta su dimisión o fallece repentinamente.

También cabría la posibilidad de una convocatoria del comité ejecutivo del partido, un órgano que entre sus funciones está la facultad de nombrar una gestora hasta la celebración de un congreso del que salga el nuevo líder del PPdeG.

Compatibilizar ambas presidencias: Xunta y PP nacional

Feijoo puede decidir mantener su papel como presidente del Gobierno gallego y ser el líder del Partido Popular nacional durante un corto período, con el fin de realizar una sucesión pausada. Una situación difícil de mantener en el tiempo y que en nada se parecería, por ejemplo, a la vivida en el PSOE cuando el presidente del Principado de Asturias, Javier Fernández, tomó las riendas del partido nacional para liderar una gestora provisional que dio paso a la elección del nuevo presidente socialista.

Tampoco se parecería a la situación vivida por María Dolores de Cospedal, que compatibilizó la presidencia de Castilla-La Mancha con la secretaría general del PP, no con la presidencia.

El nuevo presidente debe estar entre los diputados de la Cámara

En la Cámara autonómica hay cinco nombres dentro del Grupo Popular que podrían estar en las quinielas para la sucesión de Feijoo en la Xunta. Son Alfonso Rueda, que fue nombrado vicepresidente primero en el 2012; Francisco Conde, vicepresidente segundo desde la última remodelación del Gobierno gallego y conselleiro de Economía; Diego Calvo, presidente del PP en la provincia de A Coruña y vicesecretario del PPdeG; Elena Candia, presidenta del PP en Lugo, y Pedro Puy, actual portavoz popular en el Parlamento gallego.

La sucesión en el PPdeG

Ya que Feijoo es el presidente del PP gallego, su marcha supondría posiblemente la celebración de un congreso extraordinario del partido para elegir a su sucesor. El ordinario estaba previsto para el 2025 porque el adelanto de las elecciones autonómicas supuso un cambio en las fechas.

De celebrarse ese congreso extraordinario, el PPdeG podría tener ya un nuevo presidente en poco tiempo, pues la maquinaria está bien engrasada, según fuentes del partido.

El papel de la oposición

Los partidos de la oposición en el Parlamento gallego siempre han apuntado la aparente contradicción de Feijoo entre compatibilizar la presidencia de la Xunta y el papel del presidente gallego en las decisiones de su partido en Madrid. Ayer, en la Cámara autonómica, volvieron a recordárselo, demandaron que no compatibilice ambos puestos y presionaron para que convoque de inmediato elecciones autonómicas. Esta presión aumentará en los próximos días, a medida que se acerque la fecha en la que se celebre el posible congreso extraordinario del PP nacional. Los populares ya han contestado que nada justifica una nueva convocatoria electoral en Galicia.

Al dimitir el mandatario cesarían todos los vicepresidentes y conselleiros

En las cuatro décadas ya pasadas que acumulan las principales instituciones democráticas gallegas, apenas se ha tenido que recurrir a las situaciones más excepcionales que recogen sus normativas.

Con ocho mayorías absolutas y tres coaliciones, Galicia solo ha recurrido en 1986 al capítulo de las mociones de censura recogido en el reglamento del Parlamento. Tampoco se han producido relevos de presidentes, plasmados en la Lei 1/1983 de la Xunta.

En su artículo 15, se especifica que «el presidente de la Xunta será elegido por el Parlamento de entre sus miembros», esto es, podría serlo cualquiera de los 42 diputados que lograron el acta en las pasadas elecciones del 2020.

En el artículo 21 de esta ley se especifica que el jefe del Ejecutivo «cesa tras la celebración de elecciones autonómicas, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria o por dimisión, fallecimiento o incapacidad para el ejercicio del cargo».

Y en el punto 29 se aclara qué sucedería en caso de una hipotética salida de Feijoo del Gobierno, y es que también lo harían todos los vicepresidentes y conselleiros, al igual que todos los cargos de confianza: «El cese del presidente de la Xunta comporta el de todos los miembros de la misma. La Xunta cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión de la nueva Xunta».

La reglamentación gallega establece el papel destacado del vicepresidente primero, en la actualidad Alfonso Rueda, que sería el responsable de coger las riendas del Ejecutivo en caso de fallecimiento o incapacidad del presidente. Esta situación en la cabeza del Gobierno tendría que ser validada por el Parlamento gallego.

El reglamento del Parlamento para las investiduras

Para la investidura del presidente de la Xunta de Galicia se aplicará lo siguiente, conforme a lo establecido en el apartado 3 del artículo 15 del Estatuto de Galicia:

1.º. El presidente del Parlamento de Galicia, consultados los representantes designados por los partidos o por los grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá de entre los miembros del Parlamento un candidato a la Presidencia de la Xunta. La propuesta deberá formularse como máximo en el término de treinta días desde la constitución del Parlamento o el cese del presidente.