El proceso para conseguir la eutanasia: «Muchos médicos objetores no se niegan por razones de conciencia, sino de conveniencia»

Laura Inés Miyara
Laura Miyara LA VOZ DE LA SALUD

ENFERMEDADES

La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) se aprobó en el 2021 y entró en vigor en junio de ese año.

Explicamos cómo solicitar esta prestación paso a paso y qué criterios siguen los médicos a la hora de determinar si una persona puede optar a ella

27 dic 2024 . Actualizado a las 13:59 h.

Desde que entró en vigor la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), en junio del 2021, España es uno de los cinco países a nivel europeo que reconocen este derecho a la muerte digna. Estos tres años han puesto de relieve los desafíos a los que se enfrenta el sistema sanitario a la hora de implementar la ley. Cada caso se debe evaluar de manera individualizada y es necesario gestionar las peticiones de los pacientes con una exploración adecuada de los motivos que han llevado a la persona a buscar una muerte asistida, así como evaluar si existe lo que se denomina un contexto eutanásico, una serie de requisitos que el paciente ha de cumplir para poder optar a esta prestación.

Por otro lado, aunque se conoce la existencia de la ley que garantiza este derecho, muchas personas no saben cuáles son los pasos a seguir para ejercerlo o cómo acelerar los plazos para obtener la aprobación rápidamente en casos puntuales. Es por eso que, según señalan desde la organización Derecho a Morir Dignamente (DMD), un tercio de las personas que inician una solicitud fallecen antes de llegar a llevarla a cabo.

¿Cómo saber si alguien puede pedir la eutanasia?

La LORE es la misma para todo el territorio español, según las recomendaciones del Manual de Buenas Prácticas que estableció el Ministerio de Sanidad para su aplicación. Pero dado que las administraciones autonómicas son las encargadas de llevar adelante el plan, la situación puede variar dependiendo de dónde se encuentre el paciente.

Lo principal a la hora de hacer la petición es saber si se cumplen los requisitos básicos para poder optar a la eutanasia. En este sentido, la ley establece que el paciente tiene que estar en una situación de sufrimiento físico o psíquico «constante e intolerable». La organización DMD distingue dos categorías de pacientes que pueden ser candidatos a una muerte asistida.

Por un lado, aquellos que padecen una enfermedad grave e incurable, «con fragilidad progresiva y pronóstico de vida limitado, en una situación avanzada o terminal». Entre ellos se encuentran mayormente pacientes oncológicos, personas con insuficiencia cardíaca, respiratoria o hepática, y aquellos con pluripatología asociada a la edad.

Por otro lado, están los pacientes que tienen un padecimiento grave crónico e imposibilitante, con limitaciones persistentes en su vida diaria y sin posibilidad de curación o mejora apreciable. Es el caso de quienes sufren enfermedades neurodegenerativas o demencias, siempre y cuando cuenten con un testamento vital.

Además de estos requisitos, el paciente debe ser mayor de 18 años, tener nacionalidad española o más de un año de residencia en el país, ser capaz y competente para decidir sin estar sometido a presiones externas. «Como médicos debemos saber si el paciente tiene capacidad mental para tomar decisiones y también saber detectar si está sometido a presiones externas. Lo evaluamos mediante una entrevista con el paciente. Si detectamos que hay algún tipo de presión externa, podemos comentar el caso con otros compañeros», explica la doctora Paula Martínez de la Cruz, vocal de formación del Grupo de Bioética y Profesionalismo de la Sociedad Española de Medicina Interna (Semi).

A nivel estadístico, «el perfil mayoritario es en hombres, en torno a unos 67 años, en el que la patología principal es la neurológica, seguida de la patología oncológica. Y se suele realizar principalmente en el ámbito domiciliario. Hay cierta variación con respecto a los datos en otros contextos; a nivel internacional, la media está en torno a unos 73 años y la principal patología es la oncológica», describe Tayra Velasco Sanz, enfermera especializada en Cuidados Paliativos, Bioética y Derecho y Cuidados Críticos, y profesora en la Universidad Complutense de Madrid.

Solicitud paso a paso

Para llegar a concretar el procedimiento de eutanasia, un paciente tiene que expresar su voluntad de hacerlo por escrito, dos veces, a lo largo de un período de 15 días como mínimo, aunque en determinados casos, estos plazos pueden acortarse. Esta solicitud doble está estipulada por la ley para garantizar que el paciente conozca todas las posibles alternativas a esa prestación de ayuda para morir, así como para asegurar que ha tomado la decisión de forma voluntaria, con capacidad, y reflexionando con su entorno.

Lo primero que debe hacer un paciente es comunicarle a su médico que desea solicitar la eutanasia. Este será el médico responsable del proceso, lo que significa que será la persona encargada de prestar esta ayuda para morir. Es un rol fundamental dentro del proceso, por lo que, Desde DMD sugieren acudir al médico de atención primaria o de atención hospitalaria a quien el paciente conozca y con quien ya tenga una relación de confianza.

«Cuando el paciente solicita la eutanasia, como profesionales, debemos informarle acerca del procedimiento, el estado de su enfermedad y sus alternativas. Si tras ello, está decidido a solicitarla, firma la primera solicitud», explica Martínez. En este punto puede darse que el médico al que hemos presentado la solicitud sea objetor de conciencia, lo que significa que se opone a la práctica de asistir en la muerte de otra persona por motivos espirituales o personales. Si el profesional es objetor, no participará del proceso, pero está obligado a comunicárselo al paciente y hablar con su responsable para que busque a otro médico que pueda hacerse cargo de gestionar la solicitud y el procedimiento.

Esta objeción de conciencia, sostienen desde DMD, no debe nunca ser motivada por la carga laboral que supone llevar adelante la gestión como médico responsable. «Sin embargo, los estudios que hemos realizado a nivel empírico, sobre todo desde el punto de vista cualitativo, nos muestran que hay muchas solicitudes o muchos objetores que no se niegan por razones de conciencia, sino por conveniencia. Este es un reto importante, que se respete la libertad ideológica de los profesionales sanitarios sin dejar de asegurar este derecho que tenemos regulado por ley», sostiene Velasco.

Por otro lado, señala la enfermera, los objetores de conciencia no pueden obstaculizar el proceso evitando firmar la solicitud del paciente. En todos los casos, deberá firmar la solicitud, lo que da inicio a un plazo deliberativo de dos días en el que se evalúa si se cumplen los requisitos para la eutanasia. Si se considera que estos no se cumplen, la solicitud puede resultar denegada, lo que ocurrirá en un plazo de diez días a partir de la primera solicitud. En caso de resultar denegada, la decisión se puede recurrir.

«Si no somos objetores, debemos comprobar que el paciente cumple los criterios para recibir la prestación de ayuda a morir. Si los cumple, comienza un período de al menos 15 días en el que tenemos que reflexionar y deliberar con el paciente», detalla Martínez. Al cabo de esas dos semanas, se puede presentar la segunda solicitud. «Tienen que pasar 15 días entre la primera y la segunda, aunque sí es cierto que la ley contempla que el médico responsable puede disminuir este período si, por ejemplo, ve que puede haber una pérdida de la competencia del paciente, es decir, si va a haber un deterioro cognitivo», aclara Velasco.

Tras firmar y entregar la segunda solicitud, el paciente deberá firmar también, en un plazo de 24 horas, un documento de consentimiento informado. «Entonces llega el momento de que otro médico especialista en su patología analice el caso y revise que todo se ha realizado correctamente. Este será el médico consultor, y para ello tiene un plazo máximo de diez días», explica Martínez. Este segundo especialista no puede ser alguien que tenga contacto directo con la persona. En otras palabras, si se trata de un paciente con una patología neurodegenerativa, no podría actuar como consultor su propio neurólogo.

Con el visto bueno del consultor, el médico responsable recopila toda la documentación del proceso y la envía a la Comisión de Garantía de la comunidad para que analicen el caso y confirmen que puede realizarse la eutanasia. «El caso será analizado por un médico y un jurista en un plazo máximo de 11 días. Si todo está correcto, la Comisión de Garantía informa al médico responsable de que puede realizarse la prestación. El médico lo comunica al paciente y este tiene dos meses para elegir la fecha para realizar el procedimiento», detalla la doctora María Pérez Rueda, vocal primera de comunicación del Grupo de Trabajo en Bioética y Profesionalismo de la Semi.

Llegado a este punto, el paciente debe decidir también si prefiere realizar el proceso en su domicilio o en el hospital. En caso de ser donante de órganos, la parte final del procedimiento deberá llevarse a cabo necesariamente en el entorno hospitalario. También decide si desea que la medicación sea administrada por el equipo médico o si prefiere tomársela por sí mismo, por vía oral. «Además, el paciente puede aplazar la realización de la eutanasia hasta seis meses sin tener que repetir el proceso», detalla Pérez.

Si la persona desea donar sus órganos, la administración de la medicación que produzca la muerte del paciente tiene que ser en el medio hospitalario, «puesto que los tiempos que se necesita respetar para poder utilizar posteriormente esos órganos para realizar el trasplante tienen que ser muy cortitos, para que no se produzca una isquemia a nivel sistémico. Pero sí que se puede respetar, en cierta medida, el deseo del paciente de morir en domicilio», asegura Velasco.

«Tenemos experiencia en esto sobre todo con pacientes con ELA, que solicitan la desconexión de medidas de soporte vital en su domicilio y quieren ser donantes. Se necesita una coordinación por parte del equipo responsable, que atiende a este paciente en su domicilio, el equipo de emergencias, el equipo de una ambulancia y el hospital. Entonces, en el domicilio, lo que se realiza, para que el paciente pueda despedirse en ese entorno, es una inducción a la sedación. El proceso final de administrar la medicación para producir la muerte sí tiene que ser en el ámbito hospitalario», detalla Velasco.

¿Y si surgen dudas durante el proceso?

Aunque la LORE y el manual de buenas prácticas no contemplan como requisito la valoración del paciente por parte de psicólogos o psiquiatras, «lo que sí está claro es que debe ofrecerse asistencia y si surgen dudas en cuanto a la toma de la decisión, debe poder consultar con especialistas en salud mental», sostiene Pérez.

Pero, sobre todo, los pacientes acuden con mayor frecuencia a las asociaciones como DMD para obtener información sobre el procedimiento. Fernando Marín, médico y vicepresidente de DMD, explica que muchos pacientes recurren a la organización para agilizar los plazos de la solicitud, algo que es necesario en muchos casos, como el reciente fallecimiento por eutanasia de la viguesa Laura Fernández, que sufría melanoma uretral, un cáncer agresivo que se había extendido rápidamente por su cuerpo hasta ser terminal.

«Laura nos llamó y nos preguntó si era verdad que la médica responsable tenía que esperar 15 días para firmar la segunda solicitud, porque ella tenía temor a no llegar y morirse antes. Y le dijimos que no, que en muchos casos, se puede adelantar si el médico responsable lo considera necesario», cuenta Marín.

El rol del entorno también es fundamental en este sentido. «Contar con ellos puede ser de gran ayuda para llevar mejor todo lo que supone un proceso de eutanasia», observa Martínez. Por eso, es importante saber si la familia del paciente está de acuerdo con su decisión y cómo están llevando ellos también el proceso. «La familia debería acompañar el ritmo al que esté la persona. Hay que recordar que la eutanasia tiene algo bueno, y es que da la oportunidad de decidir cómo morir, de despedirse y de hacer catarsis», señala el vicepresidente de DMD.

Pero el aspecto emocional en muchos casos se interpone entre el dicho y el hecho. «A veces, hay personas que ya han aceptado su situación y van muy por delante de sus familias, que quedan detrás y no lo asimilan. Nadie quiere que se muera su madre. A veces, si tu madre se va a morir y quiere tomar esta decisión, no es fácil ver el sufrimiento en que se ha convertido su vida y acompañarla», detalla Marín. Por eso, apoyar a la familia es parte del protocolo y es una clave que se recoge en la guía de buenas prácticas del Ministerio de Sanidad.

En algunas ocasiones, puede ocurrir que el paciente cambie de opinión en el último momento, algo que Marín atribuye a errores en el proceso de la solicitud. Si esto ocurre, «algo se ha hecho mal, porque el médico responsable es el que debe indagar y recomponer la historia de ese paciente y comprobar que está seguro de la decisión que toma», dice.

Laura Inés Miyara
Laura Inés Miyara
Laura Inés Miyara

Redactora de La Voz de La Salud, periodista y escritora de Rosario, Argentina. Estudié Licenciatura en Comunicación Social en la Universidad Nacional de Rosario y en el 2019 me trasladé a España gracias a una beca para realizar el Máster en Produción Xornalística e Audiovisual de La Voz de Galicia. Mi misión es difundir y promover la salud mental, luchando contra la estigmatización de los trastornos y la psicoterapia, y creando recursos de fácil acceso para aliviar a las personas en momentos difíciles.

Redactora de La Voz de La Salud, periodista y escritora de Rosario, Argentina. Estudié Licenciatura en Comunicación Social en la Universidad Nacional de Rosario y en el 2019 me trasladé a España gracias a una beca para realizar el Máster en Produción Xornalística e Audiovisual de La Voz de Galicia. Mi misión es difundir y promover la salud mental, luchando contra la estigmatización de los trastornos y la psicoterapia, y creando recursos de fácil acceso para aliviar a las personas en momentos difíciles.